Avanzando en la agenda global sobre las empresas y los derechos humanos: Declaración conjunta - 2011

 Declaración conjunta de la sociedad civil

Avanzando en la agenda global sobre las empresas y los derechos humanos: 

Seguimiento a los trabajos del Representante Especial del Secretario General (SRSG) sobre la cuestión de los derechos humanos, las empresas transnacionales y otras empresas comerciales.

Mayo 2011

El mandato del Representante Especial del Secretario General (SRSG) sobre la cuestión de los derechos humanos, las empresas transnacionales y otras empresas comerciales, el profesor John Ruggie, llega a su fin en junio. Al considerar su Informe final, el Consejo de Derechos Humanos debería aprovechar la oportunidad para reafirmar su objetivo de avanzar en la protección de los derechos humanos con relación a las actividades de las empresas y evaluar los progresos alcanzados en este sentido. También debería establecer un sólido mecanismo de seguimiento que permita desarrollar y complementar la importante labor del Representante Especial del Secretario General.

Reconocemos el compromiso del Representante Especial del Secretario General de dedicarse a los  asuntos relacionados a empresas y derechos humanos así como los avances logrados durante su mandato. Apreciamos particularmente que dentro del marco de «Proteger, Respetar, Reparar» presentado por el Representante Especial y aprobado por el Consejo de Derechos Humanos en 2008 se hayan reforzado los principios básicos en materia de derechos humanos. El desafío sigue siendo garantizar que en la práctica, los Estados mantengan su deber de protección, las empresas cumplan con su responsabilidad de respetar los derechos humanos y las víctimas puedan ejercer su derecho a un recurso efectivo. En la actualidad, las lagunas en materia de protección dejan tanto a los individuos como a las comunidades vulnerables ante las violaciones de derechos humanos, serios obstáculos les impiden exigir reparaciones, mientras los responsables rara vez tienen que rendir cuentas. Es de vital importancia que el trabajo del Consejo sobre empresas y derechos humanos considere esta realidad y responda a las necesidades de las víctimas.

En su informe final ante el Consejo, el Representante Especial ofrece a los Estados y las empresas numerosas sugerencias a manera de "Principios rectores para la implementación del marco de la ONU de proteger, respetar y reparar." Los principios rectores tratan de una serie de temas en forma útil, sin embargo algunos asuntos importantes que merecen atención no se encuentran debidamente reflejados o considerados.

Para facilitar la aplicación del Marco y abordar los temas pendientes en consonancia con las normas internacionales en materia de derechos humanos, se necesitan medidas adicionales. Por ejemplo, el propio Representante Especial ha reconocido que para proporcionar mayor claridad y fortalecer la protección legal se requieren medidas adicionales, como un instrumento jurídico multilateral sobre empresas y derechos humanos.

En términos más generales, existe una clara necesidad de implementar un mecanismo de seguimiento sólido para complementar el trabajo realizado hasta la fecha. Tomamos nota de que en comparación con otros Procedimientos Especiales de las Naciones Unidas, el mandato del Representante Especial del Secretario General careció de capacidad para recibir información relacionada a instancias específicas y realizar visitas a los países. Creemos firmemente que el Consejo debería harmonizar el mandato del Representante Especial del Secretario General sobre la cuestión de los derechos humanos, las empresas transnacionales y otras empresas comerciales con otros mandatos temáticos, mediante la inclusión de su competencia explícita de buscar y recibir información sobre las presuntas violaciones de derechos humanos cometidas por las empresas. De esta manera, el Consejo puede aprender cómo el Marco y los principios rectores se aplican en la práctica, con miras a identificar los asuntos relevantes, informando las actividades futuras y asegurando que las perspectivas y experiencias de las víctimas de violaciones de derechos humanos sean consideradas.

Con esto en mente, instamos al Consejo a dar seguimiento al trabajo del Representante Especial y a avanzar en la agenda de la cuestión de los derechos humanos, las empresas transcionales y otras empresas comerciales mediante el establecimiento de un Procedimiento Especial que desempeñe las siguientes funciones prioritarias:

            1) Evaluar la implementación por los actores estatales y no estatales del Marco "Proteger, Respetar y Reparar", con referencia a la propuesta de Principios Rectores y a todas las responsabilidades y obligaciones internacionales aplicables y relevantes, incluso mediante la realización de visitas a los países, la recolección las mejores prácticas, la recepción y búsqueda de información por parte de los Estados, las empresas, las personas afectadas y otras fuentes pertinentes, y la formulación de recomendaciones a los Estados, las empresas y otros actores no estatales.

            2) Con el fin de elaborar un instrumento jurídico internacional, analizar las opciones para abordar las debilidades e inconsistencias en la protección jurídica de los derechos humanos, incluyendo - sin limitarse a éstas - las que están relacionadas con las graves violaciones de derechos humanos, y formular recomendaciones para actuar. Este análisis podría adoptar la forma de un informe consultativo y exhaustivo que se publicaría con el objetivo de promover un proceso de harmonización intergubernamental.

            3) Formular recomendaciones adicionales a los Estados y empresas y elaborar una guía adicional, específicamente de manera a responder a las experiencias y dificultades que enfrentan las víctimas de violaciones de derechos humanos cometidas por las empresas para acceder a la justicia.

También apoyamos la inclusión de las funciones mencionadas a continuación en este nuevo mandato, para garantizar que la labor del Procedimiento Especial esté integrada y receptiva a las partes interesadas:

            4) Llevar a cabo exámenes periódicos de consulta con las partes interesadas para evaluar la funcionalidad de los Principios Rectores y considerar otros asuntos pertinentes.

            5) Identificar y siempre que sea posible facilitar servicios de asesoría y capacitación a los gobiernos, a la sociedad civil y a las víctimas de violaciones de derechos humanos cometidas por las empresas, con la colaboración de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos.

            6) Coordinar con otros mecanismos internacionales, regionales y nacionales para garantizar
los más altos estándares de protección de los derechos humanos a través de los organismos e instrumentos multilaterales, regionales y nacionales relevantes.

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Organizaciones firmantes:

  

 

•1.      ActionAid

Internacional

•2.      Alliance Sud

Suiza

•3.      Amnesty Internacional

Internacional

•4.      Article 19

Internacional

•5.      ASETUC

Malaysia

•6.      AUR - The National Association of Human Resources Specialists

Romania

•7.      Australian Corporate Accountability Network (ACAN)

Australia

•8.      Berne Declaration

Suiza

•9.      Bread for All

Suiza

•10.  Cambodian Housing Rights Task Force

Cambodia

•11.  Canada Tibet Committee

Canadá

•12.  Center for Constitutional Rights (CCR)

EEUU

•13.  Center for Economic and Social Rights (CESR)

Internacional

•14.  Centro de Derechos Humanos y Ambiente (CEDHA)

Argentina

•15.  CIDSE

Internacional

•16.  Ecumenical Council for Corporate Responsibility (ECCR)

Reino Unido

•17.  Internacional Network for Economic, Social and Cultural Rights (ESCR-Net)

Internacional

•18.  European Coalition for Corporate Justice (ECCJ)

Internacional

•19.  Fédération Internacionale des Droits de l'Homme (FIDH)

Francia

•20.  Friends of the Earth Europe

Internacional

•21.  GoedeWaar.nl

Países Bajos

•22.  Halifax Initiative

Canadá

•23.  Human Rights Law Centre

Australia

•24.  Human Rights Watch

Internacional

•25.  IKV Pax Christi

Países Bajos

•26.  India Committee of the Netherlands

Países Bajos

•27.  Indonesian Working Group on Human Rights (HRWG-Indonesia)

Indonesia

•28.  Internacional Commission of Jurists

Internacional

•29.  Justiça Global

Brasil

•30.  Lumière Synergie pour le Développement

Senegal

•31.  MISEREOR

Alemania

•32.  Movement for the Survival of the Ogoni People (MOSOP)

Nigeria

•33.  MultiWatch

Suiza

•34.  Network Movement for Justice and Development

Sierra Leone

•35.  Oxfam Internacional

Internacional

•36.  Participatory Research & Action Network (PRAN)

Bangladesh

•37.  Project on Organizing, Development, Education, and Research (PODER)

México/EEUU

•38.  Rights & Accountability in Development (RAID)

Internacional

•39.  SHERPA

Francia

•40.  Society for Threatened Peoples Suiza

Suiza

•41.  SPEAK Network

Reino Unido

•42.  Swiss Working Group on Colombia (Arbeitsgruppe Schweiz-Kolumbien)

Suiza

•43.  SWISSAID

Suiza

•44.  Tebtebba - Indigenous Peoples Internacional Centre for Policy Research and Education

Filipinas

•45.  Thai Committee for Refugees Foundation (TCR)

Tailandia

•46.  Unia

Suiza