Carta Conjunta de ONG respuesta al inf. provisional del Representante Especial sobre los DDHH y las Empresas - 2006

Profesor John Ruggie
Representante Especial sobre las Empresas y los Derechos Humanos
Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos
Palais des Nations
8-14 Avenue de la Paix
1211 Ginebra 10
Suiza
18 de mayo de 2006



Estimado profesor Ruggie:

Nos dirigimos a Ud. para responder al informe provisional que elaboró en su carácter de Representante Especial del Secretario General de la ONU, sobre las empresas y los derechos humanos. En primer lugar, deseamos expresarle que apreciamos el trabajo sustancial y continuo que Ud. lleva a cabo relacionado con los problemas de las empresas y los derechos humanos. Es un hecho documentado que las ONGs que trabajan en esta área brindaron todo su apoyo a la creación del mandato del Representante Especial, como medio para promover y profundizar el debate sobre la responsabilidad y la rendición de cuentas de las corporaciones. Creemos que el objetivo de fortalecer las normas de responsabilidad de las empresas, un aspecto clave del mandato del Representante Especial, debería cumplirse por medio de la adopción de normas universales referidas a este tema. Estamos a la espera del resultado final de su estudio, el que, en nuestra opinión, debería constituir un aporte significativo al cumplimiento de dicho objetivo. Por ello, le instamos respetuosamente a efectuar recomendaciones dirigidas a la comunidad internacional, en su carácter de Representante Especial, respecto de la manera más adecuada y efectiva de desarrollar normas internacionales sobre los derechos humanos para las empresas. Con este fin e inspirados por nuestra voluntad de participar constructivamente, deseamos aprovechar esta oportunidad para comentar algunos aspectos del informe provisional y aportar nuestra opinión sobre cuál es la mejor manera de cumplir con el objetivo clave de su mandato, es decir, fortalecer la protección y la promoción de los derechos humanos en el marco de las actividades de las empresas.

Como se observa correctamente en el informe, algunas empresas, por medio de sus actos u omisiones, han causado serios perjuicios relacionados con los derechos humanos. Las actuales iniciativas para establecer normas para las actividades de las empresas, no han brindado suficientes garantías de protección de dichos derechos. También sería importante reconocer que las empresas han violado los derechos humanos, tanto en países desarrollados como en vías de desarrollo. Mientras reconocemos las serias fallas que existen en la protección de los derechos humanos y, en última instancia, en las medidas destinadas a exigir que las empresas se hagan cargo de su participación en las violaciones, estamos de acuerdo con su evaluación de que un desafío central es asegurar que todas las empresas respeten y protejan dichos derechos de manera uniforme. Creemos que este objetivo sólo se puede lograr por medio de la creación de normas globales claras referidas a la responsabilidad de las empresas y de mecanismos efectivos para exigir que las empresas asuman tal responsabilidad. Dichas normas globales deberían reflejar las responsabilidades de las empresas, basándose en el derecho internacional de derechos humanos y el derecho humanitario, así como en otros principios reconocidos internacionalmente. Se deberían aplicar a todas las empresas, independientemente de la naturaleza de sus actividades, la ubicación de sus oficinas centrales, o los países en los que estén registradas o desarrollen sus operaciones.

El informe del Alto Comisionado para los Derechos Humanos sobre las responsabilidades de las empresas respecto de los derechos humanos[1] y las Normas de la ONU sobre las Responsabilidades de las Corporaciones Transnacionales y otras Empresas respecto de los Derechos Humanos[2], enumeran muchos de los principios de derechos humanos que están en juego. Estos esfuerzos constituyen pasos importantes dentro del proceso actual de desarrollo de una idea compartida de las responsabilidades de las empresas en el campo de los derechos humanos. Las ONGs sostienen que Ud., en su carácter de Representante Especial, podría continuar elaborando numerosos elementos que ya han sido identificados por medio del trabajo de otros órganos de la ONU. Esperamos que, en la búsqueda de áreas de consenso, se esfuerce por divulgar y promover el objetivo de crear normas internacionales y significativas referidas a los derechos humanos aplicables a las empresas, y que no caiga en la trampa de cerrar acuerdos que simplemente reflejen el “denominador común más bajo”.

Compartimos su preocupación sobre la falta de regímenes e instituciones eficaces para exigir que las empresas asuman sus responsabilidades. Por ello, le instamos a explorar maneras de ampliar o fortalecer los mecanismos legales ya existentes, así como a evaluar la posibilidad de desarrollar nuevos caminos legales. Destacamos la inclusión en el informe provisional de una evaluación inicial del estado del derecho internacional de derechos humanos y del derecho humanitario en su aplicación a las corporaciones. Aunque los Estados son quienes básicamente cargan con la obligación de cumplir con el derecho internacional, incluyendo los derechos humanos y el derecho humanitario, no se debe olvidar que las empresas también asumen responsabilidades bajo ambos sistemas legales. De hecho, como parte de su obligación de proteger los derechos humanos dentro de su jurisdicción, los Estados deben asegurar que las empresas hagan lo propio. Le alentamos a ampliar su análisis de los temas legales y a considerar los desarrollos acaecidos dentro del derecho internacional desde la adopción de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la creciente importancia de los derechos humanos y del derecho humanitario, para los actores no estatales. También le llamamos a tomar en cuenta el creciente conjunto de jurisprudencia y doctrina legal relacionada con la aplicación directa del derecho internacional sobre los actores privados.

En su informe provisional, también se refirió a la naturaleza cambiante del derecho y a la posibilidad de que los Estados amplíen el alcance actual de la ley en lo que concierne a las prácticas de las empresas, relacionadas con los derechos humanos. En este sentido, las obligaciones respecto de la “diligencia debida” de los gobiernos a fin de asegurar que los privados no violen los derechos humanos resultan particularmente importantes. También deseamos recordarle la importancia que le damos a la parte de su mandato que le exige que efectúe recomendaciones sobre cómo pueden regular los Estados a las empresas transnacionales, en el campo de los derechos humanos, incluyendo por medio de la cooperación internacional.

Con todo respeto, y de cara a la próxima fase de su mandato, le instamos a basarse en el trabajo ya realizado y a avanzar más allá de los marcos ya existentes y el status quo. Particularmente, esperamos que analice en más detalle la cuestión de “cómo debería ser la norma” y que no dude en efectuar recomendaciones sobre los medios que se podrían emplear para elaborar, adoptar y, eventualmente, implementar normas legales apropiadas.

En última instancia, creemos que un marco normativo universal debe incluir un esquema claro de las obligaciones de derechos humanos de los Estados, a fin de asegurar que las empresas no violen dichos derechos y, también, identificar las correspondientes obligaciones directas de las empresas. Tal marco debería proporcionar normas comunes claras que se apliquen a todo tipo de empresas y en todos los países.

Reconocemos el hecho de que Ud. llevó a cabo varias consultas y visitas de campo a fin de ponerse en contacto con una amplia gama de sectores interesados. Le alentamos a hacer tantas visitas como sea posible a las comunidades directamente afectadas por diversos tipos de actividades empresariales, así como a consultar a las organizaciones no gubernamentales nacionales y locales que trabajan con ellas.

El Representante Especial debe aprovechar plenamente la gran cantidad de información y documentación relacionada con las empresas y los derechos humanos disponible de diversas fuentes, como ONGs, académicos, sindicatos y periodistas, a fin de desarrollar una base de información abarcadora. En lo que respecta a más consultas, nos parecería útil que diera a conocer sus planes y los temas que desea cubrir, así como maneras para asegurar que los resultados de las consultas sean divulgados ampliamente. Nos complació saber que el informe sobre las consultas de Johannesburgo fue distribuido recientemente.

Recibimos con agrado, su decisión de trabajar con una amplia gama de expertos que puedan aportar perspectivas referidas a los temas pertinentes a su mandato, desde todas las regiones y tradiciones legales, así como el interés mostrado por el proyecto de complicidad de la International Commission of Jurists.

Finalmente, deseamos expresar una vez más nuestra voluntad y disposición para continuar cooperando en forma constructiva con su trabajo en su carácter de Representante Especial y para trabajar con usted en el cumplimiento del importante y desafiante mandato que ha asumido.

Atentamente,



CC: Gerald Pachoud and Lene Wendland


 [1] E/CN.4/2005/91

[2] Normas Borrador de la ONU