Ecuador: Discriminación y violaciones al derecho a la salud encontradas en el caso de paciente con discapacidad psicosocial

Fecha de Publicación: 
Miércoles, 29 Septiembre 2021

La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una sentencia en el caso Guachalá Chimbó y otros c. Ecuador, en la que constató la discriminación interseccional basada en la discapacidad y la clase y las violaciones del derecho a la salud, reforzando su jurisprudencia reconociendo la justiciabilidad de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. El Tribunal también ordenó reformas legislativas para "realizar la completa aplicación del modelo social de abordar la discapacidad" y determinó normas para la formación adecuada del personal sanitario, entre otras medidas. El caso fue litigado por el abogado miembro Mario Melo del Centro de Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica (PUCE) en Ecuador.

La atención de la salud mental en Ecuador, al igual que en otros países de la región, sigue estando fuertemente institucionalizada y segregada, un sistema que viola los derechos de los pacientes a la igualdad, la salud, la autonomía, la vida y la integridad personal, y a vivir de manera independiente y en la comunidad. El caso de Luis Eduardo Guachalá Chimbó, cuyos derechos fueron violados en un hospital psiquiátrico y desapareció, ilustra una vez más el fracaso de los enfoques de atención de salud mental centrados en la institucionalización.

En diciembre pasado, Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia), Harvard Law School Project on Disability (HPOD), Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (IELSUR), y Justiça Global  instaron en un amicus curiae a que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenara reparaciones estructurales para garantizar los derechos de las personas con discapacidad psicosocial a través de la implementación de modelos comunitarios de atención de salud mental en Ecuador. Como argumenta les amici, la atención segregada de la salud mental es inherentemente discriminatoria contra las personas con discapacidad psicosocial y posibilita la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes. Tampoco cumple con el elevado deber de cuidado de los Estados con respecto a la atención de la salud mental. La secretaría de la Red-DESC proporcionó coordinación para el amicus en el caso.