Georgina Ahamefule v. Imperial Medical Centre & Dr. Alex Molokwu (Caso No. ID/1627/2000)

 

En el juicio se cuestiona el despido de  Georgina Ahamefule, enfermera auxiliar del Centro Médico “Imperial”  por parte del Director Médico, Dr. Alex Molokwu, basado en  su condición de VIH positivo. 

Fecha de la decisión: 
27 Sep 2012
Foro: 
Corte Suprema del Estado de Lagos
Tipo de foro: 
Doméstico
Resumen: 

Georgina Ahamefule comenzó a trabajar en el Centro Médico “Imperial”  como enfermera auxiliar en 1989. En 1995, estando embarazada,  le aparecieron unos forúnculos en la piel y solicitó atención médica a su jefe, Dr. Alex Molukwu, quien asumió la dirección de los exámenes de diagnostico y luego no le informo  cual era la naturaleza de los estudios realizados ni su resultado. Luego de que los estudios determinaron que Georgina es VIH positivo, su contrato laboral se rescindió rápidamente. En la carta de despido se explica que las autoridades del hospital no pueden exponer a los pacientes a los riesgos relacionados con la situación de VIH positivo de Georgina. Después del trauma psicológico y emocional generado por  las noticias de ser VIH positivo y de haber perdido su empleo, Georgina tuvo un aborto involuntario.

A Georgina no se le proporciono ningún tipo de asesoramiento  –antes ni después de los análisis- más allá de que tanto la ética médica como las leyes requieren que dicho asesoramiento se realice. El 14 de Julio del 2000 el Centro de Acción por los Derechos Económicos y Sociales (SERAC, por su sigla en inglés) presentó una demanda contra el Centro Médico “Imperial”  y su director médico cuestionando la finalización de la relación laboral de  Georgina Ahamefule. En una sentencia emblemática, Justice Y.O Idowu de la Corte Suprema de Lagos sostuvo que el despido de la demandante fue "ilegal, ilícito, malicioso y con extrema mala fe". La corte sostuvo también que la acción de los demandados de someter a la demandante a  análisis de HIV sin su consentimiento informado fue una acción ilícita. Además se determinó que el hecho de no brindar asesoramiento tanto antes como después de la realización de los análisis constituye un acto de negligencia en el cumplimiento de las obligaciones profesionales. Finalmente, la Corte estableció que la conducta de los acusados de denegar atención medica  a la demandante por ser VIH Positivo constituye una flagrante violación al derecho a la salud garantizado en el Art. 16 de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los pueblos (Ratificada e implementada), el capítulo 10 de la Constitución de Nigeria, y el Art. 12 del Pacto  internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Ratificado por Nigeria en 1993). La corte ordenó una indemnización de daños y perjuicios por el despido injustificado de  5 millones de Nairas y 2 millones en compensación por los análisis ilegales realizados sin el consentimiento de la demandante y con negligencia de los demandados.

Ejecución de la decisión y los resultados: 

 

La sentencia fue dictada el 27 de septiembre de 2012,  actualmente se está avanzando en su cumplimiento especialmente con respecto a la indemnización.

Grupos relacionados en el caso: 
Significado del caso: 

 

Esta decisión representa una gran victoria, no solo para Georgina Ahamefule, sino también para todas las personas con VIH. Es la primera sentencia judicial en Nigeria que reconoce la ilegalidad de la realización de análisis de VIH sin  consentimiento informado previo. Además la resolución es igualmente contundente en determinar que la realización de análisis de HIV sin asesoramiento previo y posterior  también configura negligencia profesional ilícita.  El caso establece el principio de que la negación de atención médica debido a ser VIH positivo es una flagrante violación al derecho a la salud. La indemnización monetaria de 7 millones de Nairas que se ordenó contra el hospital y el director médico, envian un fuerte mensaje de que este tipo de discriminaciones ilegales a personas con VIH Positivo no van a ser toleradas.