El trabajo con los informes paralelos

Cómo funciona el proceso de presentación de informes

El proceso de presentación de informes puede funcionar de dos maneras: mediante el procedimiento normal o mediante el procedimiento simplificado. El procedimiento simplificado facilita la presentación de informes por parte de los Estados, sin embargo, tiende a limitar el alcance de la revisión a algunas cuestiones seleccionadas (sin embargo, los Comités aún emiten algunas observaciones generales sobre la implementación del Tratado). Los Estados pueden optar por utilizar el procedimiento simplificado después de someterse al menos a un ciclo (tres en el caso del CDESC) de presentación de informes según el procedimiento normal.

 

El procedimiento normal funciona de la siguiente manera:

1. El Estado presenta un informe al órgano del tratado pertinente detallando su progreso hacia la implementación de las obligaciones establecidas en el tratado.

2. Aproximadamente un año después, los grupos de la sociedad civil pueden presentar informes paralelos.

3. Partiendo de los informes recibidos del Estado y la sociedad civil, el Comité decide una Lista de temarios (LOI) y preguntas específicas que el Estado debería responder por escrito. La LOI es definida por un grupo de trabajo (integrado por miembros del Comité) que se reúne antes del período de sesiones del Comité. Los grupos de la sociedad civil pueden presentar un breve informe antes de la reunión previa al período de sesiones para influir en la selección de cuestiones (véase página 12).

4. Una vez que el Estado presenta respuestas por escrito, se discuten en un diálogo constructivo entre el Estado, los grupos de la sociedad civil y el órgano del tratado.

5. Tomando en cuenta la información presentada por el Estado y por los grupos de la sociedad civil, así como el diálogo constructivo, el órgano del tratado emite un informe con un conjunto de recomendaciones (observaciones finales) en las que se indica lo que debe hacer el Estado para respetar, proteger y cumplir los derechos consagrados en el tratado.

6. Varios órganos de tratados (incluyendo la CEDAW y el CDESC) cuentan con un procedimiento de seguimiento para monitorear la implementación de observaciones finales clave. Bajo este procedimiento, se les solicita a los Estados que entreguen información adicional dentro de un plazo establecido (24 meses en el caso del CDESC) sobre algunas observaciones finales clave que el órgano del tratado considera más urgentes y alcanzables dentro del plazo. La sociedad civil y las instituciones nacionales de derechos humanos también pueden presentar información en esta fase.

Bajo el procedimiento simplificado de presentación de informes, los Estados

ya no están obligados a presentar un informe (paso 1, arriba). Los grupos de la sociedad civil pueden presentar un breve informe para sugerir cuestiones a las que el Comité debería dar prioridad (paso 2, arriba). El Comité selecciona una Lista de temarios y preguntas clave para el Estados (véanse ejemplos de preguntas que el CDESC y la CEDAW han planteado en sesiones anteriores siguiendo el paso 3, arriba). Esto se conoce como la Lista de temarios antes de la presentación de informes (LOIPR). La respuesta del Estado a estas cuestiones constituye su informe principal y será la base para el debate durante el diálogo formal (paso 4, arriba). Los grupos de la sociedad civil pueden todavía presentar informes paralelos que abordan las cuestiones seleccionadas a examen y pueden participar en el diálogo formal. Los pasos 5 y 6 no han sido modificados.

Credit: CTI, UNCTAD Implementation Tool 3/2017

El trabajo con los órganos de tratados antes, durante y después del ciclo de revisión

Hay tres etapas clave en las que los grupos de la sociedad civil pueden proporcionar aportes y colaborar con los órganos de tratados:

1. Influir en la selección de cuestiones a ser examinadas y preguntas para el Estado:

una función clave que desempeñan los grupos de la sociedad civil en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes es proporcionar información al órgano de tratado para seleccionar los temas que deben examinarse en la revisión. La selección se lleva a cabo durante las sesiones previas que se realizan generalmente unos días antes de una sesión concreta del órgano de tratado. Esta etapa es importante porque establece la agenda de lo que viene después, es decir, los temas sobre los que tendrán que informar los Estados y, en consecuencia, el enfoque de las observaciones finales que emitirá el Comité. El órgano de tratado tiene un pequeño margen de flexibilidad para incorporar nuevos temas más adelante, pero en términos generales, si un tema no es incluido en la Lista de temarios, es poco probable que se examine durante la revisión.

La sociedad civil puede enviar información antes de la reunión previa al período de sesiones y participar en ella (ya sea de forma remota o en persona).[3]

> Al enviar información para la Lista de temarios, es importante argumentar por qué el órgano de tratado debe centrarse en estas cuestiones (por ejemplo, ¿son violaciones graves de los derechos humanos? ¿A quién afectan y cómo?). No es tan importante proporcionar una imagen detallada o completa de un problema, sino que es preferible centrarse en las historias y experiencias vividas por personas afectadas por un problema específico.

Los informes para la reunión previa al período de sesiones deben centrarse en información particularmente relevante para la adopción de la LOIPR y generalmente deben presentarse entre 10 y 8 semanas antes de que empiece el grupo de trabajo previo al período de sesiones. Todos las páginas web de los órganos de tratados incluyen información sobre la presentación de informes paralelos, incluidos los límites de palabras. Los informes al CDESC deben enviarse en línea y hay más información disponible aquí.

Participar en procesos previos a sesiones es una manera excelente de establecer contacto directo con miembros de órganos de tratados. Brinda una oportunidad de abordar preguntas potenciales que puedan surgir de la información presentada por escrito, y de asegurar que se incluyan ciertas cuestiones específicas en las LOIPR y, por lo tanto, que se discutan con los Estados. También se pueden hacer presentaciones orales presenciales durante la primera mañana del grupo de trabajo previo a las sesiones. Algunos órganos de tratados, como el CDESC, permiten que las organizaciones que han presentado un informe hagan una declaración pública en una reunión pública organizada por el órgano de tratado y/o organizar una reunión informativa al mediodía.

2. Contribuir al diálogo formal e influir en las observaciones finales: al igual que en la reunión previa al período de sesiones, los grupos de la sociedad civil pueden proporcionar aportes y participar en el diálogo constructivo entre los Estados y los órganos de tratados. Esta es la etapa central en la revisión de los Estados. Los miembros de los órganos de tratados discuten con los Estados partiendo de los informes presentados por los Estados y las organizaciones de la sociedad civil (informes paralelos). Tras el diálogo, los órganos de tratados emiten recomendaciones para los Estados (observaciones finales) para garantizar el respeto, la protección y el cumplimiento de los derechos en virtud del tratado pertinente.

Los grupos de la sociedad civil pueden desempeñar un papel clave a la hora de proporcionar una narrativa alternativa a la del Estado y contrarrestar la información proporcionada por el Estado mediante la presentación de un informe paralelo antes de la sesión y participar durante la sesión en el diálogo formal. Los informes deben enviarse directamente a la Secretaría del órgano de tratado (por ejemplo, cedaw@ohchr.org), entre 6 y 3 semanas antes de la sesión. Todas las páginas web de órganos de tratados incluyen información sobre la presentación de informes paralelos, incluidos los límites de palabras. Los informes al CDESC deben enviarse a través de una plataforma en línea y si necesita más información (en inglés) haga clic aquí. El próximo capítulo de esta guía se centrará en cómo desarrollar un informe paralelo.

Al igual que con las reuniones previas al período de sesiones, los grupos de la sociedad civil pueden participar en el diálogo formal en persona o por videoconferencia. Durante el diálogo formal, es posible realizar presentaciones orales sobre los temas que se están discutiendo, particularmente para proporcionar una visión alternativa o diferente sobre cómo estos temas afectan a ciertos grupos de mujeres. Aparte del diálogo formal, los grupos de la sociedad civil también pueden organizar sesiones informativas al mediodía, que son más informales y pueden utilizarse para informar a los miembros de los órganos de tratados sobre un tema específico.

Algunos consejos para planificar la participación en las reuniones previas al período de sesiones o para las sesiones del órgano de tratado:[4]

  • Ponerse en contacto con miembros de la Red-DESC con sede en Ginebra ya que podrán ayudarle a identificar a los miembros clave de los órganos de tratados, otros aliados de la sociedad civil, así como proporcionar orientación y sugerencias sobre cómo participar de manera efectiva. Para ello, comuníquese con el Secretariado de la Red-DESC que estará encantado de ponerle en contacto con los miembros que trabajan desde Ginebra.
  • Si puede viajar a Ginebra, ya sea para las reuniones previas al período de sesiones o para las sesiones del órgano del tratado, trate de organizar una reunión informativa con miembros del órgano del tratado para tratar la cuestión de su interés. En general, un grupo de tres a cuatro expertos está a cargo de derechos específicos. Para ello, debe ponerse en contacto con la Secretaría de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH), que coordina y apoya el trabajo del órgano de tratado pertinente, por ejemplo, para el CDESC: cescr@ohchr.org y para la CEDAW: CEDAW@ohchr.org. El ACNUDH recomienda que los grupos de la sociedad civil se coordinen entre sí y organicen reuniones informativas. Es posible que nuestros miembros con sede en Ginebra puedan ayudarlo en este proceso.
  • Si no puede viajar a Ginebra, puede participar por videoconferencia. Para hacerlo, debe ponerse en contacto con la Secretaría del ACNUDH que coordina y apoya el trabajo de los órganos de tratados. Tenga en cuenta que la videoconferencia no siempre es posible debido a dificultades técnicas.
  • Póngase en contacto con periodistas para alentar la cobertura de la cuestión durante la sesión y publique un comunicado de prensa destacando las preocupaciones y recomendaciones efectuadas por los expertos en sus observaciones finales.

Durante el proceso de presentación de informes paralelos, puede ser útil pensar cómo las comunidades afectadas (y otros grupos solidarizados con ellas o que se encuentren en situaciones similares) podrán utilizar estratégicamente y basar su trabajo en las recomendaciones de los órganos de tratados con el paso del tiempo. Por ejemplo, los defensores de derechos humanos utilizan las observaciones finales para presionar por el cambio en el ámbito nacional, para apoyar el litigio estratégico, y para educar y movilizar a comunidades respecto de cuestiones clave.

En general, una estrategia de implementación efectiva debería incluir lo siguiente:

  • Desarrollar una estrategia colectiva para monitorear la implementación de las recomendaciones. Trabajar en forma colectiva puede sumar presión sobre el gobierno para implementar las recomendaciones y lograr un consenso entre los grupos de la sociedad civil acerca de temas específicos. Establecer un colectivo o una alianza de grupos también puede abrir oportunidades para trabajar directamente con el gobierno en la implementación de las recomendaciones.
  • Utilizar los procedimientos de seguimiento existentes para exigir que los Estados asuman su responsabilidad por el nivel de progreso en la implementación de observaciones clave entre uno y dos años después del proceso de presentación de informes (ver a continuación).
  • Concientizar a las organizaciones de la sociedad civil sobre el sistema de órganos de tratados y alentarlas a aprovechar las observaciones finales y las recomendaciones en su propio trabajo de incidencia.
  • Escribir cartas o reunirse con representantes del Estado a cargo de la cuestión para discutir las medidas que planean adoptar para responder a la cuestión. Esto resulta más efectivo en el marco de asociaciones con otras organizaciones.
  • Trabajar con parlamentarios y alentarlos a cuestionar al gobierno y a los órganos gubernamentales pertinentes.
  • Llamar la atención de los medios contactando a periodistas e informándoles acerca del proceso.

3. Monitorear e informar sobre la implementación de las observaciones finales a través del procedimiento de seguimiento:

Los procedimientos de seguimiento requieren que los Estados informen al Comité dentro de un plazo de uno o dos años, sobre las medidas tomadas para dar efecto a las “recomendaciones de seguimiento” que los órganos de tratados consideraron urgentes y alcanzables en el período de tiempo establecido. Los grupos de la sociedad civil pueden participar en estos procesos presentando sus propios informes sobre el progreso realizado por el Estado en la implementación de las observaciones seleccionadas para el seguimiento. Se trata de una forma importante de mantener la presión sobre el Estado, y de compartir las preocupaciones y las reacciones relacionadas con las medidas que el Estado ha adoptado en los primeros uno a dos años.

También se les solicita a los Estados que informen sobre su progreso en la implementación de las observaciones al principio del siguiente proceso de presentación del informe periódico. Por ello, es importante que la implementación de las observaciones continúe siendo monitoreada después del procedimiento de seguimiento por medio del siguiente ciclo de informes.

Procedimientos de seguimiento del CDESC y la CEDAW

Bajo su procedimiento de seguimiento, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales identifica hasta tres recomendaciones de sus observaciones finales que requieren medidas urgentes y deben ser alcanzables dentro de un período de 24 meses. El Estado parte debe responder a las recomendaciones seleccionadas en un plazo de 24 meses. Sus respuestas constituyen el informe de seguimiento y se publican en la página web del Comité. La sociedad civil y las instituciones nacionales de derechos humanos también pueden presentar información pertinente. Una vez que el CDESC cuenta con toda la información necesaria, determina si el Estado ha progresado suficientemente.

El procedimiento de seguimiento utilizado por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra las mujeres requiere que el Estado parte proporcione información dentro de un plazo de uno a dos años sobre las medidas adoptadas para implementar ciertas observaciones (“hasta cuatro subpárrafos” de las recomendaciones emitidas), las cuales son seleccionadas sobre la base de la percepción de que la omisión de su implementación constituye un obstáculo importante para la implementación de la Convención y que su implementación es factible dentro del plazo sugerido. El Comité tiene un Relator para el seguimiento y un Relator Asistente que revisan y evalúan la información de seguimiento.

Infórmese acerca de otros procedimientos de seguimiento.

 

[3] International Women’s Rights Action Watch, NGO Shadow Reporting to CESCR: a procedural guide, disponible en http://hrlibrary.umn.edu/iwraw/shadow/CESCRNGOguideJune2003.doc

[4] Esta sección se basa en Murphy, E., 2019, p. 216-17.

En esta guía

INTRODUCCIÓN

1. INTRODUCCIÓN A LOS INFORMES PARALELOS

  • ¿Qué son los informes de los órganos de tratados de la ONU?
  • ¿Cuáles son las obligaciones de los Estados respecto de los derechos económicos, sociales y culturales?
  • ¿Para qué sirven los informes paralelos?
  • Cómo elegir el (los) órgano (s) de tratados de la ONU adecuado/s

2. EL TRABAJO CON LOS INFORMES PARALELOS

  • Cómo funciona el proceso de presentación de informes
  • El trabajo con los órganos de tratados antes, durante y después del ciclo de revisión
  • Seguimiento de las observaciones finales

3. EL DESARROLLO DE UN INFORME PARALELO

  • Uso de un enfoque basado en los derechos humanos
  • Consejos para el desarrollo de su informe paralelo
  • ¿Qué tipos de datos conviene incluir?

4. Guías, ejemplos y modelos para utilizar como referencia para su informe paralelo sobre mujeres y DESC.

 

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