Base de Datos de Jurisprudencia - Todos los casos

Base de Datos de Jurisprudencia de la Red-DESC: una base de datos sobre decisiones regionales, nacionales e internacionales relativas a los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Durante la construcción de un oleoducto en Myanmar por parte de Unocal, empresa estadounidense productora de petróleo y gas, ésta contrató al ejército de dicho país para que lleve a cabo tareas de seguridad en la obra. Los pobladores locales de la zona en la que se estaba construyendo el oleoducto denunciaron que el ejército los sometió a desalojos forzosos, los obligó a trabajar en el proyecto, y cometió violaciones, asesinatos y torturas.

Naz Foundation India, una organización no gubernamental comprometida con el tratamiento y prevención del VIH/SIDA, presentó una demanda de interés público ante el Tribunal Superior de Nueva Delhi cuestionando la constitucionalidad del art. 377 del Código Penal de la India, el cual declara ilegal todo acto sexual "antinatural", definido como todo aquel diferente de la relación sexual heterosexual. El Tribunal Superior desestimó la presentación original de 2004 por falta de hechos o antecedentes que justificaran la acción judicial.

Una de las funciones de la Corte Constitucional de Colombia es revisar las acciones de tutela. La Corte revisa todos los años una pequeña porción de las más de trescientas mil acciones de tutela resueltas por los tribunales inferiores; el 36% de dichas acciones se relacionan con el derecho a la salud, según datos proporcionados para 2005 por la Oficina de la Defensoría del Pueblo de Colombia. La sentencia T-760 de 2008 acumuló 22 acciones de tutela.

FEANTSA denunció que Francia violaba el artículo 31 de la Carta Social Europea revisada debido a que no aseguraba el derecho efectivo a la vivienda para sus residentes en diversos contextos.

La ciudad de Johannesburgo buscaba desalojar a hombres, mujeres y niños de dos edificios en el centro de la ciudad de Berea. Esta medida formaba parte de una política general de evacuación formulada bajo la Estrategia de Regeneración del Centro de la Ciudad de Johannesburgo, en la que los desalojos se llevaban a cabo de noche y sin aviso previo, conforme a leyes y disposiciones del régimen del Apartheid. La ciudad adujo que las condiciones de vida no eran higiénicas y creaban peligros de incendio, pero se negó a ofrecer a los ocupantes viviendas alternativas.

Autism‑Europe adujo que la aplicación por parte de Francia de leyes relacionadas con la educación para personas con discapacidades era extremadamente insatisfactoria. La gran mayoría (80 a 90 por ciento) de los adultos jóvenes y niños autistas no tenía acceso a servicios educativos adecuados. En base a los índices actuales de ocupación de plazas en institutos de educación especial, Autism-Europe estimaba que se tardaría 100 años en eliminar el déficit de la lista de espera oficial, que entonces incluía a 39.514 personas (incluso más, teniendo en cuenta la definición de la OMS).

En 1990, el organismo sin fines de lucro que prestaba servicios de interpretación en lenguaje de señas en la región continental del sur de la provincia canadiense de British Columbia comenzó a enfrentar serias dificultades financieras y buscó asistencia por medio de funcionarios del Ministerio de Salud. La asistencia le fue denegada.  

Jeannine Godin vivía en condiciones de pobreza y dependía de la asistencia social. El Ministerio de Salud y Servicios Sociales tenía la custodia de sus tres hijos por seis meses y solicitaba extender el plazo por otros seis meses. Godin solicitó asesoramiento jurídico gratuito para que un abogado la represente en la audiencia, pero le fue denegado, porque tal asesoramiento no estaba previsto para casos de custodia temporaria.

Varios menores representados por sus padres presentaron una demanda contra el Departamento de Medio Ambiente y Recursos Naturales solicitando cancelar los contratos existentes en el país de licencias de explotación forestal y frenar la emisión de nuevas licencias. Se adujo que la deforestación y el daño ambiental resultantes violaban sus derechos constitucionales a una ecología equilibrada y saludable, y a la salud (artículos 16 y 15, parte II de la Constitución).

El peticionante sufrió heridas graves al caerse de un tren. Se le negó la asistencia médica en seis hospitales estatales debido a falta de infraestructura médica adecuada o de camas libres.   La Corte señaló que el derecho a la vida consagrado en la Constitución de la India (artículo 21) le impone al Estado la obligación de preservar el derecho a la vida de todas las personas y de considerar dicha preservación como de suma importancia. Esta obligación es independiente de las limitaciones de recursos financieros que puedan existir.