Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (PROVEA) y otros c. Gobernación del Distrito Federal s/ Acción de Protección. Expediente N° 3174.

Acción de protección a favor de los derechos a la vida y a la salud de niños por falta de tratamiento quirúrgico oportuno y adecuado. Omisión estatal de garantizar presupuesto suficiente. Orden judicial para la dotación total de la sala quirúrgica y para la constitución de una mesa de diálogo con el objeto de identificar y solucionar los problemas presentes y futuros del hospital.

Foro: 
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Tipo de foro: 
Doméstico
Resumen: 

Varias organizaciones no gubernamentales presentaron una acción de protección por el deficiente tratamiento terapéutico y quirúrgico de los niños/as con cardiopatías congénitas, pacientes del Hospital de Niños J. M. de los Ríos de Caracas. Fundaron la acción en los derechos a la vida y a la salud previstos en la Constitución, en tratados de derechos humanos y en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Los niños eran sometidos a largas esperas para acceder al cupo quirúrgico. Algunos murieron en la espera y otros, aún teniéndolo, fallecieron por no ser intervenidos a tiempo. Según los demandantes, ello ocurría por la omisión de la Gobernación de garantizar un presupuesto suficiente y la dotación básica necesaria para proporcionar un servicio adecuado y oportuno a los pacientes. El tribunal admitió la acción y ordenó dotar en forma total la sala quirúrgica del Servicio de Cirugía Cardiovascular. Asimismo ordenó que se constituyera una mesa de diálogo permanente integrada por miembros de la Alcaldía Mayor y la Sociedad Civil y Médica del Hospital, bajo la vigilancia de la Defensoría del Pueblo y el Ministerio Público de Niños y Adolescentes, a fin de identificar, proyectar y solucionar los problemas presentes y futuros del hospital. En el marco de la mesa de concertación, se firmó un convenio por el cual la Alcaldía se comprometió, entre otras cosas, a garantizar un mínimo de cinco a siete cupos quirúrgicos por semana; el Ministerio de Salud se comprometió a garantizar la adquisición y el mantenimiento de equipos nuevos, la remodelación completa del Servicio de Cardiología, un aporte para cubrir en lo inmediato el costo de 86 intervenciones quirúrgicas y garantizar un flujo permanente de dinero a fin de costear las intervenciones quirúrgicas y eliminar la práctica del cobro directo al paciente por los insumos médicos.

Ejecución de la decisión y los resultados: 

Con respecto a las intervenciones quirúrgicas se mantiene un flujo regular de intervenciones con algunas irrupciones, pero no se han alcanzado los 7 turnos quirúrgicos por semana. Hasta la fecha, se conserva la garantía de la gratuidad. El mantenimiento del equipo profesional y técnico, así como el costo de los insumos y medicamentos está asegurado a través de la creación de un fideicomiso por parte del Ministerio de Salud y Desarrollo Social. Con respecto a la infraestructura del hospital, se instalaron 8 ascensores nuevos, se acondicionó el quirófano destinado a estas intervenciones, se remodeló y equipó el servicio de cardiología, se adquirió e instaló un nuevo equipo de hemodinamia (que estuvo dañado durante 8 años) -que permite la intervención de cardiopatías simples-, y se adquirieron equipos de computación mediante los cuales se mantienen actualizadas las listas de niños diagnosticados y en espera de intervenciones (Fuente: Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos, Provea)

Grupos relacionados en el caso: 

Demandantes: Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (PROVEA) (http://www.derechos.org.ve/), Centros Comunitarios de Aprendizaje (Cecodap) (http://www.cecodap.org.ve/) y Acción Ciudadana contra el SIDA (ACCSI) (http://www.internet.ve/accsi/).

Significado del caso: 

La acción judicial interpuesta generó un fructífero ámbito de negociación con el Estado para solucionar un gravísimo déficit en la atención sanitaria. A pesar de que no se han cumplido todos los acuerdos, el caso permitió identificar, dentro de la política sanitaria, los niños/as con cardiopatías congénitas como grupo vulnerable que requiere la adopción de medidas especiales por parte del Estado. Actualmente, se está construyendo un cardiocentro que pretende convertirse en un establecimiento de salud de referencia nacional especializado en cardiopatías congénitas (Cf. Evaluación realizada por Provea). 

País: