Shri Bodhisattwa Gautam c. Miss Subhra Chakraborty

Orden de crear un Consejo de Compensación de Daños y directrices para las víctimas de violencia sexual a fin de hacer cumplir y proteger los derechos fundamentales. Reparación sistémica en demanda penal por numerosas violaciones del Código Penal de la India causadas por el demandado al engañar a la demandante para mantener relaciones sexuales y cohabitar, matrimonio ilegal y abortos. Cumplimiento de los derechos fundamentales respecto de la privacidad y las personas. Derecho fundamental a la vida (Artículo 21 de la Constitución de la India). Creación de directrices para apoyar a las víctimas sin acceso a servicios médicos, psicológicos y legales.

Fecha de la decisión: 
15 Dic 1995
Foro: 
Corte Suprema de la India
Tipo de foro: 
Doméstico
Resumen: 

En su demanda penal, Chakraborty adujo que comenzó una relación sentimental con Gautam en abril de 1989 mientras él era profesor y ella, estudiante, en el Baptist College de Kohima, Nagaland. Según Chakraborty, Gautam profesó su amor y la engañó para tener relaciones sexuales con afirmaciones falsas, como que se casaría con ella tras obtener el permiso de sus padres. Cuando quedó embarazada en septiembre de 1993, la obligó a participar de una ceremonia de matrimonio secreta que solo tuvo apariencia de autenticidad, sabiendo que no era válida, para después convencer a Chakraborty de que debía abortar. En 1994 volvió a obligarla a hacerse un aborto. Posteriormente, en 1995 la abandonó para asumir un cargo como profesor en Assam. En 1995, Chakraborty presentó una demanda penal contra Gautam en un tribunal de primera instancia penal, el 1st Class Judicial Magistrate Court de Kohima, sosteniendo que Gautam la había obligado a perder/abortar sus embarazos y a entregarle bienes, la había inducido a la cohabitación mediante un matrimonio ilegal, había llevado a cabo una ceremonia de matrimonio fraudulenta y la había sometido a un tratamiento cruel que le había causado graves sufrimientos mentales y físicos, en violación de los Artículos 312, 420, 493, 496 y 498-A del Código Penal de la India. El intento de Gautam de invalidar la demanda fue rechazado por el Tribunal Superior de Gauhati y lo mismo ocurrió en la Corte Suprema. Posteriormente, la Corte Suprema de la India, teniendo en cuenta las acusaciones concretas efectuadas por Chakraborty en su demanda penal, evaluó su capacidad para obligar a Gautam a pagar los costos de mantenimiento mientras estaba pendiente la causa penal. Gautam negó todas las acusaciones de la demanda y ofreció pruebas de su situación de desempleo, es decir, su incapacidad para compensar a Chakraborty. La Corte señaló su amplia autoridad conforme al Artículo 32 de la Constitución de la India para proteger y exigir el cumplimiento de los derechos fundamentales de la persona, incluyendo su facultad para otorgar compensaciones por violaciones, incluso si Chakraborty no planteaba la cuestión de los derechos fundamentales. Asimismo, la Corte concluyó que los actos de Gautam violaban el derecho fundamental a la libertad y el derecho a la vida conforme al Artículo 21, definido como el derecho a vivir con dignidad humana, de la demandante. Destacando las barreras sociales que enfrentan las mujeres en la India y, en particular, las consecuencias psicológicas y sociales de las víctimas de violaciones, la Corte ordenó la creación de un Consejo de Compensación de Daños para cubrir las pérdidas sufridas por las víctimas de actos de violencia sexual. También emitió un conjunto de directrices para ayudar a las víctimas de violaciones indigentes que no pueden pagar servicios médicos, psicológicos o legales, conforme a la Declaración sobre los Principios de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder de la ONU de 1985. Finalmente, la Corte le ordenó a Gautam pagarle a Chakraborty 1000 rupias al mes para cubrir sus costos de mantenimiento durante el transcurso de la causa penal pendiente y a partir de la fecha en que se había presentado la demanda.

Ejecución de la decisión y los resultados: 

Como consecuencia de esta decisión, víctimas de violaciones han recibido compensación durante el transcurso de la litigación de la demanda penal. Sin embargo, es necesario lograr un mayor cumplimiento de la decisión.

Significado del caso: 

La Corte Suprema reconoció que, además de aceptar una petición de una persona actuando por el interés público, retiene la autoridad judicial para tomar conocimiento de un asunto y proceder por iniciativa propia. La Corte también sostuvo que los derechos fundamentales pueden ser exigidos respecto de la privacidad del cuerpo y las personas.

La decisión es una sentencia histórica relacionada con la violencia contra la mujer, dado que la Corte Suprema reconoció que una violación constituye una violación de un derecho fundamental conforme al Artículo 21, y emitió un conjunto de directrices que ordenan que se proporcionen servicios legales, psicológicos y médicos a las víctimas de violaciones de acuerdo con el derecho internacional de los derechos humanos.