Acción de tutela instaurada por Orlando José Morales Ramos, contra la sociedad Drummond Ltda.

Acción argumentando violación a los derechos a la vida, a la salud y a gozar de un ambiente sano causados por la explotación de carbón en una mina de carbón en Colombia.  Principio de Precaución; conexión entre el derecho a un medio ambiente sano y la intimidad de las personas.

Fecha de la decisión: 
21 Mar 2013
Foro: 
Corte Constitucional de Colombia, Sala Sexta de Revisión
Tipo de foro: 
Doméstico
Resumen: 

La Corte Constitucional de Colombia revisó el caso relativo a una acción de tutela (acción de protección de derechos constitucionales) en la cual se analizaba si las actividades de la empresa minera Drummond afectaban los derechos a la vida, al medio ambiente, a la intimidad y a la salud del peticionario y su familia. El peticionario y su familia viven cerca de la mina a cielo abierto Pribbenow ubicada en La Loma, municipio El Paso del departamento de Cesar, en el Norte de Colombia.  Drummond, es una empresa de origen Estadounidense, que explota y procesa carbón en Estados Unidos y en Colombia.   

El Sr. Morales Ramos, peticionario en ese caso, argumentó que la mina funcionaba 24 horas al día, y no sólo durante horas hábiles, y que sus actividades causaban ruidos y sedimentos en el agua y partículas flotantes en el aire que ponían en riesgo e incluso afectaban la salud de su familia, especialmente de los niños.

En el análisis del caso la Corte consulta a varias entidades educativas y estatales para que intervengan en el proceso sobre los efectos de la minería en la salud y el medio ambiente.  A través de la revisión de las intervenciones de estas instituciones y diversos documentos normativos nacionales así como protocolos internacionales y jurisprudencia nacional e internacional, la Corte concluye que efectivamente existe una concentración de partículas de carbón sobre el contorno de la explotación carbonífera de Drummond Ltd., que la operación se efectúa continuamente, 24 horas al día. Luego determina que a aunque existiera falta de pruebas en el caso, debe usarse el principio de protección según el cual ¨la falta de certeza científica no puede aducirse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces para precaver la degradación del amibente y la gendración de riesgos contra la salud.¨

Teniendo en cuenta lo anterior, la Corte ordena al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible que implemente mecanismos para disminuir efectos adversos a la salud y contra el ambiente. Dichos mecanismos deben implementarse con base en las recomendados por la Organización Mundial de la Salud (“OMS”). La Corte ordena medidas en especial, en lo relativo a la amortiguación del ruido, la erradicación de las emanaciones de carbón y la promoción de un plan de acción nacional para prevenir el control contra la contaminación del medio ambiente causada por la explotación y el transporte del carbón.

Finalmente ordena a la Empresa Drummond que en el término de 3 meses posteriores a la notificación de la demanda tome medidas para contrarrestar el ruido y la dispersión de las partículas de carbón, protegiendo los derechos del accionante y su familia.

Ejecución de la decisión y los resultados: 

En mayo del año 2014 la Contraloría General de la Nación promovió un incidente de desacato contra el Ministerio del Ambiente, la Autoridad Nacional de Licencias y la Empresa Drummond por incumplimiento de las órdenes de la Corte Constitucional.

La Contraloría señala que en la verificación hecha un año después del fallo las órdenes han sido incumplidas, pues el Ministerio de Ambiente no ha hecho cumplir las recomendaciones de la OMS frente a los efectos adversos a la salud y el medio ambiente generados por la explotación carbonífera a gran escala. Respecto a la Empresa, la Contraloría también señala que no ha cumplido con la orden de instalar maquinaria de última tecnología con el fin de minimizar el ruido y la dispersión de carbón.

Drummond, por su parte, señala que si ha tomado las medidas señaladas.

El fallo del incidente de desacato está aún pendiente.

La operación de Drummond en Colombia ha sido muy controversial.  La empresa ha sido denunciada en Estados Unidos y en Colombia por homicidio y tortura de líderes sindicales.   Los casos ante cortes de Estados Unidos no han prosperado.   En 2013 una Corte Colombiana ordenó se investigue si el presidente de Drummond y empleados de la empresa estuvieron implicados en los homicidios y sentenció a 38 años de prisión a un ex contratista de la empresa.   

Significado del caso: 

La relevancia del caso radica principalmente en el uso que la Corte Constitucional de Colombia le da al principio de precaución ambiental. La Corte reconoce que la conservación del ambiente no es solamente un asunto de interés general, sino también un derecho internacional y local de rango constitucional. A través del principio de protección y con ayuda de la tutela, la Corte protege la conservación del medio ambiente.

Es importante también, la referencia que hace la corte a legislación de otros países y a jurisprudencia de los diferentes sistemas internacionales y regionales de derechos humanos como fundamento para su decisión.