Enable. Los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad, 2008. Disponible en: http://www.un.org/spanish/disabilities/default.asp?id=615

El Convenio ya Está en Vigor. ¿Qué sigue?

El Convenio ya Está en Vigor. ¿Qué sigue? Documento PDF

El país que ratifique el Convenio sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad aceptará estar obligado legalmente a tratar a las personas con discapacidad como sujetos de derecho, que tienen derechos claramente definidos al igual que cualquier otra persona. Los países que lo ratifiquen tendrán que adaptar su legislación a las normas internacionales que se planteen en el tratado.

Hasta ahora, 25 países ya han ratificado el Convenio, mientras que más de 120 ya lo firmaron, lo cual indica que en un futuro tienen la intención de ratificarlo. El Convenio y su Protocolo Facultativo entraron en vigor el 3 de mayo de 2008. En la primera Conferencia de los Estados Partes, los países que han ratificado el Convenio elegirán expertos independientes que constituirán el Comité para los Derechos de las Personas con Discapacidad, el cual recibirá informes periódicos de los Estados Partes acerca de los avances que se hagan para implementar el Convenio. Los Estados Partes habrán de designar un punto central en el gobierno y crear un mecanismo nacional que promueva la implementación del Convenio.

El Protocolo Facultativo del Convenio permite que individuos y grupos de los países que hayan ratificado el Protocolo presenten una petición ante el Comité una vez que se hayan agotado todos los procedimientos nacionales de recurso.

Un Convenio Integral
El Convenio trata de manera integral diversos obstáculos que las personas con discapacidad enfrentan, entre los que están la discriminación, que se les niegue el derecho a voto, así como los obstáculos sociales y económicos como la discriminación en los empleos y un nivel de vida inapropiado.

Respecto al problema fundamental de acceso, el Convenio exige que los países identifiquen y eliminen los obstáculos y barreras que se han impuesto en el acceso a áreas de “información, comunicación y otros servicios, entre los que están los servicios electrónicos y de emergencia”.

También se debe dar acceso a “edificios, caminos, transporte y demás instalaciones internas y exteriores, como las escuelas, las viviendas, las instalaciones médicas y los lugares de trabajo”. Los países deben desarrollar normas mínimas para el acceso a instalaciones y a servicios públicos y garantizar que las instalaciones privadas y los servicios que se ofrezcan al público, tomen en cuenta los accesos.

Entre otras cosas, los países que ratifiquen están obligados a:

  • Garantizar un reconocimiento igual ante la ley, incluso el derecho a poseer y heredar bienes, tener control de asuntos financieros y el acceso a préstamos bancarios, crédito e hipotecas;
  • Establecer leyes y medidas administrativas que garanticen que estén libres de explotación, violencia y abuso;
  • En caso de abuso, fomentar que la víctima se recupere y se rehabilite y que se lleve a juicio al culpable;
  • Fomentar la movilidad personal, incluso al facilitarles el acceso a dispositivos de ayuda para la movilidad;
  • Proporcionar una “adaptación razonable” en sitios como escuelas y el lugar de trabajo, es decir, hacer las modificaciones y ajustes necesarios y razonables que permitan que las personas con discapacidad se integren;
  • Garantizar el derecho de las personas con discapacidad a que vivan de manera independiente y que no estén obligados a residir en cierto tipo de viviendas;
  • Garantizar el derecho a casarse y a establecer una familia;
  • Incluir a los estudiantes con discapacidad en el sistema general de educación y darles el apoyo necesario cuando se requiera;
  • Garantizarles acceso igual a la capacitación profesional, a la educación para adultos y al aprendizaje permanente;
  • Proporcionar atención médica y servicios de salud específicos que sean necesarios debido a su discapacidad;
  • Proteger el derecho al trabajo y prohibir la discriminación en los empleos;
  • Fomentar el empleo, el trabajo por cuenta propia y la iniciativa empresarial en las personas con discapacidad;
  • Garantizar un nivel de vida adecuado y protección social que incluya, mediante la vivienda social, asistencia para las necesidades que se relacionen con su discapacidad, al igual que ayuda con los gastos que la discapacidad genere, en casos de pobreza;
  • Garantizar la participación en la vida pública y política, así como en la vida cultural, en la recreación, los entretenimientos y los deportes.

Algunas medidas para que el Convenio se lleve a cabo implicarán gastos. No obstante, el Convenio requiere la “realización progresiva” de la mayoría de sus disposiciones, de acuerdo con los recursos de cada país. Se espera que haya ayuda internacional para los países con escasos recursos, la cual, hasta la fecha, ha desatendido la inclusión de personas con discapacidad.

Hacer cambios conforme al Convenio beneficiará no sólo a las personas con discapacidad, sino también a todos los demás. Por ejemplo, los elevadores y las rampas ofrecen más opciones para todos. Los cambios de diseño que se necesitan para seguir el Convenio al pie de la letra generan nuevas ideas e innovaciones que mejorarán la vida de todas las personas. El Convenio promueve el “diseño universal”, es decir, el diseño de productos, entornos, programas y servicios que toda la gente pueda usar en la mayor medida posible, sin necesidad de hacer adaptaciones o diseños especiales.

En algunos estudios, el Banco Mundial encontró que el costo de incluir elementos de acceso al momento de construir un edificio, es mínimo. Se ha demostrado que al hacer edificios accesibles añade menos del uno por ciento a los gastos de construcción.

“De hecho, es una buena economía garantizar que las personas con discapacidad puedan vivir a la altura de su potencial”, dijo Akiko Ito, Jefe de la Secretaría de la ONU para el Convenio sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. “Cuando no existen obstáculos en su camino, las personas con discapacidad son empleados, empresarios, consumidores y contribuyentes, al igual que todos los demás”.

“La sociedad está perdiendo mucho de un gran grupo con talento”, declaró la Sra. Ito. “Las personas con discapacidad pueden contribuir con una amplia gama de pericia, destrezas y talento”. Los estudios demuestran que su desempeño laboral es tan bueno, y tal vez mejor, que el de la población en general. Las altas tasas de retención de empleos y menos ausentismo compensan en mucho los temores de que sea demasiado costoso adaptarse a sus necesidades en el lugar de trabajo”.

“Los temores de que contratar a personas con discapacidad aumenta significativamente los costos para los empleadores son exagerados”, añadió la Sra. Ito. En una encuesta en Estados Unidos en el 2003, casi tres cuartas partes de los empleadores reportaron que los empleados con discapacidad no requerían de adaptaciones especiales. “Todos ganamos al integrar plenamente a las personas con discapacidad”.

Publicado por el Departamento de Información Pública de las Naciones Unidas -- DPI/2507A – Mayo de 2008