Comité DESC de la ONU emite históricas recomendaciones a España en relación al derecho a la vivienda

Fecha de Publicación: 
Jueves, 17 Septiembre 2015

El 17 de septiembre de 2015, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas (CDESC) publicó sus primeras recomendaciones, dirigidas al Estado español, en respuesta a una queja sobre la violación al derecho a la vivienda, amparándose en el Protocolo Facultativo al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PF-PIDESC), tras considerar una intervención de la Red-DESC.

Con su entrada en vigor en mayo de 2013, el PF-PIDESC proporcionó al CDESC una herramienta para recibir quejas de personas o grupos de personas que no han conseguido que se haga justicia en casos de violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales (DESC) en su país. España ratificó el Protocolo Facultativo al PIDESC el 23 de septiembre de 2010. Este caso sienta un importante precedente y representa una puerta de acceso crucial a la justicia a nivel internacional, gracias a la incidencia llevada a cabo por la Coalición de ONG por el PF-PIDESC.

En el caso I.D.G. v. Spain (Comunicación 2/2014), presentado por FR Abogados de parte de la autora, el CDESC estableció que el Estado tiene la obligación de proporcionar recursos efectivos en los procedimientos de ejecución hipotecaria por falta de pago de préstamos, de asegurar que se tomen todas las medidas pertinentes para garantizar la notificación personal en los procedimientos de ejecución hipotecaria, y de garantizar que se adopten medidas legislativas para prevenir la repetición de violaciones similares en el futuro.

Las recomendaciones del Comité están en consonancia con la intervención de tercero, presentada en ese caso por la Red Internacional para los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Red-DESC) a través de miembros de su Grupo de Trabajo de Litigio Estratégico (Center for Economic and Social Rights (CESR), Global Initiative for Economic, Social en Cultural Rights (GI-ESCR) y el Socio-Economic Rights Institute of South Africa (SERI)), haciendo referencia a principios establecidos, y relevante interpretación  de dichos principios por medio de jurisprudencia internacional y comparada y otras fuentes. El caso hace hincapié en que los Estados miembros deben interpretar y aplicar las leyes nacionales de acuerdo con sus obligaciones bajo el PIDESC y deben asegurar una adecuada protección judicial de los derechos que contempla el Pacto, incluido el derecho a la vivienda. Esta última protección conlleva obligaciones estatales con respeto a la consideración de todas las alternativas posibles al desalojo, la garantía de la mayor seguridad de la tenencia posible, la previsión de plazo suficiente y razonable para la notificación, la garantía de que los desalojos no expongan a las personas vulnerables a violaciones de otros derechos humanos y la garantía de una adecuada compensación por violaciones. Al aceptar esta intervención de la Red-DESC, el CDESC ha seguido la práctica establecida por otros órganos internacionales y regionales que permiten las intervenciones de terceros cuando presentan material relevante a las cuestiones en juego.

Esta última protección implica obligaciones estatales a considerar todas las alternativas viables al desalojo, asegurar la mayor seguridad de tenencia posible, proveer un plazo suficiente y razonable en los casos de desalojo, garantizar que los desalojos no hagan vulnerables a las personas a otras violaciones de derechos humanos y proporcionar una reparación adecuada por las violaciones. Al aceptar esta intervención de la Red-DESC, el CDESC de la ONU ha seguido las prácticas de otros comités de la ONU de cara a la aceptación de intervenciones de terceros.

Este caso surge en circunstancias de amenazas generalizadas contra el derecho a la vivienda, que afectan a muchas personas en España, que perdieron sus casas tras incumplir los pagos de sus hipotecas en el contexto de la recesión económica y el acusado desempleo que azotó el país. Entre 2008 y 2012 tuvieron lugar aproximadamente 400.000 ejecuciones hipotecarias en España.[1] En 2014, seis millones de personas estaban desempleadas en el país. Además, entre 2010 y 2014, el presupuesto nacional para la vivienda se redujo 47%, según cifras oficiales.[2]

Este caso representa un nuevo e importante acceso a la justicia para las personas y grupos cuyos DESC son violados. Sin embargo, los países primero deben ratificar el PF-PIDESC para que sus residentes puedan acceder al CDESC usando el mecanismo de comunicación. La sociedad civil, sobre todo a través de la Coalición de ONG por el PF-PIDESC, coordinada por la Red-DESC, fue central en la redacción y adopción del PF-PIDESC, y la Coalición sigue promoviendo una campaña activa que alienta a los países a ratificar y reforzar sus obligaciones de derechos humanos existentes, garantizando el acceso a una reparación adecuada. A fecha de hoy, los siguientes países habían ratificado el PF-PIDESC: Argentina, Bélgica, Bolivia, Bosnia y Herzegovina, Cabo Verde, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Eslovaquia, España, Finlandia, Francia, Gabón, Italia, Luxemburgo, Mongolia, Montenegro, Níger, Portugal, San Marino y Uruguay. 


[1] Observatorio DESC y Plataforma de los Afectados por la Hipoteca. Emergencia habitacional en España. La crisis de las ejecuciones hipotecarias y los desalojos desde una perspectiva de derechos humanos (2013). Disponible en: http://observatoridesc.org/sites/default/files/2013-Emergencia-Habitacional.pdf

[2] CDESC. Visualizando los Derechos. Ficha Informativa No. 14 – España (2014), disponible en: http://www.cesr.org/downloads/FACTSHEET_ESPANA_Jan2015.pdf