El Fiscal c. Ahmad Al Faqi Al Mahdi

La Corte Penal Internacional declara culpable a una persona de un crimen de guerra conforme al Estatuto de Roma debido al papel activo que desempeñó en la destrucción deliberada de lugares de patrimonio cultural en Tombuctú, Mali. Aunque la Corte no se centró en este aspecto, tales ataques intencionales contra patrimonios culturales también pueden considerarse una violación de los derechos humanos, incluyendo el derecho humano de todas las personas a participar en la vida cultural.

Fecha de la decisión: 
27 Sep 2016
Foro: 
Corte Penal Internacional
Tipo de foro: 
Internacional
Resumen: 

El 27 de septiembre de 2016, la Corte Penal Internacional (CPI), en una decisión unánime, declaró culpable más allá de cualquier duda razonable a Ahmad Al Mahdi, presunto extremista islamista, como coperpetrador de un crimen de guerra conforme al art. 8(2)(e)(iv) del Estatuto de Roma, teniendo en cuenta que Al Mahdi había dirigido intencionalmente ataques contra diez de los sitios de patrimonio cultural más importantes de Tombuctú, Mali, en junio y julio de 2012. Este crimen de guerra prohíbe dirigir intencionalmente “ataques contra edificios dedicados a la religión, la educación, las artes, las ciencias o la beneficencia, los monumentos históricos, los hospitales y otros lugares donde se agrupa a enfermos y heridos, a condición de que no sean objetivos militares”. Estos ataques estuvieron relacionados con un conflicto armado no internacional que tuvo lugar en el territorio de Mali y la posterior ocupación de Tombuctú por parte de los grupos armados Al-Qaeda en el Magreb Islámico y Ansar Dine. La investigación de los hechos determinó que todos los sitios estaban dedicados a monumentos religiosos e históricos y no eran objetivos militares.

Al evaluar la gravedad del delito, la Cámara de Primera Instancia VIII de la CPI (la Cámara) consideró que los sitios culturales blanco de los ataques no solo eran edificios religiosos sino que tenían un gran valor simbólico y emocional para los habitantes de Tombuctú. Los mausoleos de santos y las mezquitas de Tombuctú destruidos en los ataques eran parte integral de la vida religiosa de sus habitantes y constituían un patrimonio común de la comunidad. La Cámara también destacó el testimonio de P-431 (un experto maliense en asuntos culturales), quien testificó que destruir los mausoleos, que tenían un gran significado para el pueblo de Tombuctú, era una actividad de guerra destinada a quebrar el estado de ánimo de dicho pueblo. Asimismo, todos los sitios (excepto uno) eran sitios declarados por la UNESCO como parte del patrimonio cultural de la humanidad. En consecuencia, la Cámara consideró que los ataques contra tales sitios eran de particular gravedad, dado que su destrucción no solo afectaba a las víctimas directas de los crímenes, sino, también, a todo el pueblo de Mail y la comunidad internacional.

El juicio de Al Mahdi tuvo lugar del 22 al 24 de agosto de 2016, período durante el cual el acusado reconoció su culpa de manera informada y voluntaria. Mencionando algunos factores atenuantes, la Cámara sentenció a Al Mahdi a nueve años de prisión.

Ejecución de la decisión y los resultados: 

Al Mahdi se encuentra bajo custodia de la CPI. Según el portavoz de la CPI Fadi ElAbdallah, Al Mahdi no completará toda la sentencia en el centro de detención de la CPI de La Haya: “cumplirá con su sentencia en un establecimiento nacional de un estado que ha aceptado recibirlo. Las decisiones relacionadas con este asunto serán tomadas en su debido momento por la CPI en diálogo con los estados pertinentes”.  

Significado del caso: 

Esta decisión es particularmente importante porque constituye el primer enjuiciamiento internacional centrado exclusivamente en el crimen de guerra de destrucción del patrimonio cultural. La sentencia fue celebrada como un paso clave hacia el fin de la impunidad de la destrucción deliberada del patrimonio cultural, una práctica que ha incrementado su frecuencia y suele ser una estrategia deliberada destinada a promover la persecución y la depuración cultural. La fiscal de la CPI Fatou Bensouda afirmó que los cargos presentados en este caso “…se refieren a la destrucción de monumentos históricos irremplazables, y son... un ataque cruel contra la dignidad y la identidad de poblaciones enteras y sus raíces religiosas e históricas. Lo que está en juego no son solo paredes y piedras”.

El caso es particularmente importante desde la perspectiva de los derechos humanos, dado que la destrucción intencional del patrimonio cultural es, a la vez, un crimen de guerra y una violación de los derechos humanos, en particular de los derechos culturales. El enjuiciamiento penal es una manera de exigir que los perpetradores asuman su responsabilidad por tales violaciones. El Secretario General de la ONU, Ban Ki-moon, recientemente se refirió a varios ataques contra el patrimonio cultural y señaló que proteger los tesoros culturales es “…una parte de nuestros esfuerzos por defender los derechos humanos y salvar vidas”. Alabó el juicio de la CPI por ayudar a poner fin a la impunidad. Asimismo, la Relatora Especial de la ONU del área de los derechos culturales celebró la decisión de la CPI en su informe de agosto de 2016 para la Asamblea General de la ONU (párr. 54). En el informe, la Relatora Especial se refiere a las relaciones que existen entre los derechos humanos y la destrucción intencional del patrimonio cultural.

Aunque le dieron la bienvenida a la decisión, ciertos miembros de la sociedad civil también criticaron que la CPI no enjuició otros delitos graves que tuvieron lugar en Mali durante el conflicto de 2012, incluyendo asesinatos, violaciones y torturas. La fiscal de la Corte declaró que su oficina todavía estaba investigando otros delitos y que este solo había sido el primer caso sobre Mali. Se espera que, frente a la reciente devastación intencional de patrimonios culturales en zonas de conflicto (por ejemplo, en Siria, Irak y Afganistán) esta sentencia de la CPI envíe a los grupos armados el claro mensaje de que la demolición de tesoros culturales no permanecerá impune.