Lois Chituru Ukeje y Enyinaya Lazarus Ukeje c. Gladys Ada Ukeje, Tribunal Supremo de Nigeria, SC. 224/2004

El Tribunal Supremo de Nigeria promueve el derecho de las mujeres a la propiedad

En este caso, el Tribunal Supremo de Nigeria, en una decisión unánime, confirmó que el derecho de sucesión consuetudinario Igbo, que excluye a las niñas de heredar los bienes de sus padres fallecidos, estaba en conflicto con las disposiciones de no discriminación de la Constitución de Nigeria de 1999, y por lo tanto es nulo.

Fecha de la decisión: 
11 Abr 2014
Foro: 
Tribunal Supremo de Nigeria
Tipo de foro: 
Doméstico
Resumen: 

En diciembre de 1961, Lazarus Ogbonnaga Ukeje murió intestado con bienes inmuebles en el estado de Lagos. Las partes recurrentes –su esposa Lois Chituru Ukeje y su hijo, Enyinnaya Lazarus Ukeje— obtuvieron Cartas de Administración para y sobre el patrimonio del difunto. La parte demandante/demandada es la hija del fallecido y presentó esta demanda para solicitar una declaración del tribunal de que como hija del fallecido tiene derecho a una parte de la herencia. El juez de primera instancia falló a favor de la demandante y declaró que las actuales Cartas de Administración eran nulas y sin efecto. Como parte de la decisión, otorgó una medida cautelar para impedir que las partes recurrentes ​​administren el patrimonio y ordenó la creación de nuevas Cartas de Administración. Las partes recurrentes interpusieron un recurso de apelación, que el Tribunal de Apelación Logos (división) desestimó por carecer de mérito. El caso fue presentado ante el Tribunal Supremo de Nigeria por las partes recurrentes apelando la sentencia del Tribunal de Apelación. Nos centramos aquí sólo en el aspecto del caso que aborda la ley consuetudinaria Igbo que no reconoce el derecho de sucesión femenino.

Todas las partes involucradas en este caso son integrantes del grupo étnico Igbo. El Tribunal Supremo confirmó como inviolable la decisión de los tribunales inferiores de que la ley consuetudinaria Igbo que impide a una mujer heredar la propiedad de un padre fallecido es nula ya que entra en conflicto con el derecho fundamental a la no discriminación establecido en la sección 42 (1) (a) y (2) de la Constitución de 1999. Sobre la base de una interpretación textual de la Constitución, el Tribunal aclaró además que, independientemente de las circunstancias del nacimiento de una niña, dicho descendiente tiene derecho a una herencia del patrimonio de su difunto padre. Esto indicaría que no importa si la hija nace fuera del matrimonio.

Cuando el tribunal de primera instancia se pronunció sobre el caso, el juez determinó que la parte demandante es en realidad la hija del fallecido y, por lo tanto, tiene derecho a una parte de los bienes inmuebles. Además, el juez de primera instancia declaró que las Cartas de Administración originales en manos de las partes recurrentes eran nulas e inválidas; les ordenó preparar un inventario del patrimonio y/o presentar una declaración con todas las sumas de dinero, transacciones y/o propiedades que habían recibido desde la concesión de dichas Cartas de Administración. También se emitió una orden judicial para impedir que las partes recurrentes administraran el patrimonio del fallecido. Finalmente, el juez de primera instancia les ordenó entregar la administración del patrimonio al Administrador General a la espera de nuevas Cartas de Administración. El Tribunal Supremo desestimó el recurso y confirmó la decisión del tribunal de primera instancia.

Ejecución de la decisión y los resultados: 

Esta decisión tuvo el efecto práctico de anular la ley consuetudinaria Igbo que excluía a las mujeres de heredar propiedades de sus padres fallecidos.

Sin embargo, como se informó en 2021, mujeres de partes del sudeste de Nigeria continúan enfrentando una profunda discriminación en materia de sucesiones a pesar de la sentencia de la Corte Suprema.

Significado del caso: 

El Tribunal Supremo de Nigeria dictó el fallo para el caso Ukeje c. Ukejeel mismo día en que se pronunció sobre Anekwe c. Nweke. En ambos casos, el Tribunal Supremo condenó el rechazo del derecho consuetudinario a reconocer el derecho femenino a la sucesión con respecto a la propiedad. Aunque no se menciona explícitamente, la sentencia en el presente caso también sacó a la luz cuestiones de discriminación múltiple o interseccional, donde la discriminación se experimenta de manera más severa o única en relación con la exclusión de la herencia por razones superpuestas de género y circunstancias de nacimiento (es decir, haber nacido fuera del matrimonio). El derecho consuetudinario en Nigeria es una importante fuente de derecho; sin embargo, las tenencias en estos dos casos ilustran que la validez de las reglas consuetudinarias dentro del sistema legal depende de si esas reglas son consistentes con la Constitución y no son repugnantes a la justicia natural, la equidad y la buena conciencia. En un país como Nigeria donde existe una gran discrepancia en la igualdad de género que se basa principalmente en culturas y prácticas tradicionales, las tenencias en estos dos casos constituyen un paso significativo en la protección de los derechos de propiedad de las mujeres y la igualdad de género.

La igualdad de género en materia de herencia es particularmente relevante hoy en día, cuando las mujeres de todo el mundo todavía poseen menos del 20% de la tierra del mundo. En África, mientras que el 31% de los hombres poseen tierras a título individual, el porcentaje para las mujeres es de sólo 12%. Varios estudiosrevelan que los derechos de las mujeres a poseer y heredar propiedades, incluida la tierra, son vitales para romper el ciclo de la pobreza. Según un informe de ONU Habitat, “la herencia es una de las formas más comunes para que las mujeres adquieran o accedan a la tierra (...) Sin embargo, la búsqueda de la igualdad de género en los derechos de herencia ha supuesto uno de los desafíos más difíciles en los enfoques basados ​​en los derechos debido a la complejidad y las características patriarcales arraigadas de las prácticas socioeconómicas, culturales y religiosas”. Últimamente han aumentado los llamamientos por parte de distintos mecanismos de derechos humanos y órganos de las Naciones Unidas para fortalecer los derechos de las mujeres a la propiedad, la tierra y otros recursos abordando eficazmente las leyes y prácticas discriminatorias. En el contexto de estas impugnaciones contemporáneas que rodean las leyes consuetudinarias relacionadas con la herencia, ha habido avances jurisprudenciales significativos en varios países, entre ellos India, Tanzania y Sudáfrica.

Actualizado por última vez: 16 de julio de 2018

Nuestro agradecimiento especial al miembro de la Red-DESC: Program on Human Rights and the Global Economy (PHRGE) de la Northeastern University.