[Julio 2014] Uso del Litigio para Exigir la Producción de Información Necesaria para el Monitoreo de Derechos Sociales

Fecha de Publicación: 
Miércoles, 2 Julio 2014

Uso del litigio para exigir la producción de información necesaria para el monitoreo de derechos sociales. Una discusión a propósito del acceso a educación de personas con discapacidad (PCD)   

La información sobre el nivel de cumplimiento de DESC es esencial para planificar e implementar políticas públicas y para controlar el cumplimiento de los compromisos asumidos por los Estados con la ratificación de tratados internacionales de DDHH. Activistas y movimientos sociales, usan información para documentar, demostrar y denunciar violaciones de DDHH que sufren las PCD y otros grupos, que de otra manera permanecerían ocultas. Pero no queda claro cuán importante para las estrategias de incidencia es exigir y demandar al Estado la producción de datos e información estadística.

En muchos países no hay información estadística básica sobre trayectoria educativa de PCD, fundamental para conocer si se da cumplimiento al derecho a la educación inclusiva[1]. El Comité sobre Derechos de las PCD solicitó información sobre cantidad de PCD dentro y fuera del sistema educativo, evolución del porcentaje de PCD en escuelas comunes, entre otros datos, y su desagregación por sexo, edad, grupo étnico, zona urbana y rural, y tipo de discapacidad. A su vez, enmuchos casos no se produce información que permita entender de qué manera se ven afectadas las PCD que viven en la pobreza, quienes suelen sufrir dificultades y barreras adicionales. Por ejemplo, ACIJ ha elaborado un informe con información pública, que revela que en la Ciudad de Buenos Aires el porcentaje de PCD que no asiste a la escuela es más alto en las Villas.

La falta de datos e información ocurre pese a que existen argumentos legales para exigir su producción. Por ejemplo, el art. 31 de la CDPD incorpora obligaciones de producción de información sobre las barreras y obstáculos que afectan a las PCD. Esto hace preguntar si podría ser útil el uso del litigio para demandar la producción de información sobre DESC. Como ejemplo, puede citarse un caso promovido por CAinfo, en el que se condenó a la Administración Nacional de la Educación Pública Uruguaya a entregar datos acerca de las escuelas de nivel inicial y primario que tenían autorización de bomberos para funcionar, información que el Estado no poseía.Sería bueno conocer otras experiencias al respecto.

Es relativamente común el uso del litigio para acceder a información que está en poder del Estado, pero sería interesante saber de experiencias exitosas de exigibilidad de información que todavía no es producida, o que no es confiable, o adecuada, o no cumple con criterios de desagregación apropiados. ¿Qué desafíos presenta el uso de estrategias de litigio por la producción de información?Además, ¿cómo presentar exitosamente un caso por la producción de información? Finalmente, dado que la condición social y la posición económica son criterios de discriminación prohibidos, ¿deberíamos reclamar ante organismos internacionales que monitorean el cumplimiento de Tratados, para que exijan la producción de información desagregada en base a esa variable? 

 

[1]Art. 24 CDPD.Estudio temático sobre el derecho de las personas con discapacidad a la educación, Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los DDHH, en www.ohchr.org/EN/HRBodies/HRC/.../A_HRC_25_29_SPA.doc

Facilitador: 
Dalile Antúnez (ACIJ)
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