Amicus presentado en un caso sobre derechos de los pueblos indígenas ante la Corte Interamericana

Fecha de Publicación: 
Miércoles, 24 Abril 2019

En el mes de marzo pasado, ocho miembros —Asociación Civil por Igualdad y Justicia, Amnesty International, Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente, Comisión Colombiana de Juristas, Dejusticia, FIAN International, International Women’s Rights Action Watch - Asia Pacific, y Minority Rights Group International— presentaron un escrito de amicus en el caso Comunidades indígenas miembro de la Asociación Lhaka Honhat c. Argentina ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La presentación alienta a la Corte a basarse en su jurisprudencia reciente para hacer valer los derechos a un medio ambiente sano, a la identidad cultural, a la alimentación y al agua bajo el artículo 26 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Los argumentos se plantearon en el marco de los derechos de los pueblos indígenas a la autodeterminación y el desarrollo.

Este caso le brinda a la Corta una oportunidad para pronunciarse por primera vez sobre los derechos autónomos a un medio ambiente sano, a la identidad cultural, a la alimentación y al agua. También representa el primer caso de derechos indígenas a la tierra contra Argentina ante la Corte.

El amicus se inicia con un análisis de la jurisdicción y el enfoque reciente de la Corte a la adjudicación de derechos bajo el artículo 26 de la Convención Americana. Posteriormente, utiliza las prácticas de interpretación de la Corte para derivar los derechos autónomos a un medio ambiente sano, a la identidad cultural, a la alimentación y al agua, y esboza las obligaciones estatales correspondientes. La presentación también discute la importancia de adjudicar tales derechos en sus propios términos, por separado de los derechos civiles y políticos.

El escrito también establece estándares esenciales relacionados con dichos derechos del artículo 26, basándose en estándares de otros órganos regionales e internacionales de derechos humanos.

El amicus concluye ubicando el análisis legal en el marco de los derechos de los pueblos indígenas a la autodeterminación y al desarrollo, haciendo énfasis en las obligaciones que los estados tienen de buscar el consentimiento informado, previo y libre de los pueblos indígenas respecto de actividades que puedan perjudicar sus derechos, incluyendo en relación con recursos naturales y tierras ancestrales.