Pongamos fin a la impunidad corporativa

Fecha de Publicación: 
Lunes, 25 Mayo 2020

Llamado a un tratado vinculante fuerte para regular el poder corporativo

En respuesta a la crisis del COVID-19, los miembros de la Red-DESC pidieron a los Estados que "apoyen las negociaciones para un instrumento internacional legalmente vinculante para regular el poder corporativo". Los días 29 de mayo y 25 de junio, los movimientos sociales y las organizaciones de la sociedad civil, así como los Estados, tendrán la oportunidad de participar virtualmente en sesiones informales de consulta como parte de un proceso intergubernamental en curso para cumplir con la resolución 26/9 del Consejo de Derechos Humanos de la ONU para crear un instrumento jurídicamente vinculante que regularía, en el derecho internacional de los derechos humanos, las actividades de las empresas transnacionales y otras empresas comerciales.

Mira nuestro llamado:
 

(Video en inglés aquí)

La participación significativa de los movimientos sociales y las organizaciones de la sociedad civil, así como de los Estados, fortalecerá el texto del proyecto revisado de instrumento legalmente vinculante sobre actividades empresariales y derechos humanos, publicado el 16 de julio de 2019. El proyecto servirá como base para las negociaciones intergubernamentales que se celebrarán en octubre de 2020 en Ginebra.

La convocatoria realizada por los miembros de la Red destaca que las grandes corporaciones y el uno por ciento más rico han capturado muchas de nuestras instituciones gubernamentales y han presionado para que se adopten políticas que violan los derechos humanos y dañen el medio ambiente. Las corporaciones también han capturado varios procesos multilaterales para evitar la regulación de la actividad empresarial. En tiempos de crisis y más allá, necesitamos nuevos modelos políticos y económicos que prioricen los derechos humanos sobre la obtención de ganancias y nos permitan responsabilizar a las corporaciones.

Cómo puedes participar:

  • Regístrate aquí para participar en la consulta informal y abogar por un instrumento jurídicamente vinculante más fuerte (primera consulta el 29 de mayo, segunda consulta el 25 de junio).
  • Comparte nuestro video en redes sociales, incluyendo los hashtags #EndCorporateImpunity #TratadoVinculante #ReinventaLaNormalidad
  • Sigue el Movimiento Global para un #TratadoVinculante aquí: @TreatyAlliance @ESCRNet

Demandas clave

En octubre pasado, durante la quinta sesión de la sesión de negociación intergubernamental sobre el tratado, varios miembros del Grupo de Trabajo de Rendición de Cuentas Corporativa de la Red-DESC - además de los miembros del Grupo de Trabajo de las Mujeres y DESC - estuvieron presentes en Ginebra para defender a los Estados y entregaron demandas clave para un tratado vinculante más fuerte. Si bien los miembros de la Red-DESC señalaron que el borrador revisado se hacía eco de algunos de los puntos demandados en nuestros documentos de posición colectiva, los cuales fueron presentados el año pasado en reacción al borrador cero, los miembros identificaron varias lagunas que deben abordarse para garantizar la plena protección y promoción de los derechos de las personas.

Cambios necesarios al texto del Tratado:

  • Teniendo en cuenta el alcance ampliado del Proyecto de Tratado revisado para incluir a todas las empresas, es vital que se mantenga un fuerte enfoque en las corporaciones transnacionales (ETN) que operan a través de cadenas de valor globales para garantizar que el Tratado revisado pueda responsabilizar a esas corporaciones por violaciones o abusos de los derechos humanos.
  • En lo que respecta a la situación de los y las defensoras de los derechos humanos, el Tratado debe garantizar la coherencia con la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los defensores de los derechos humanos para evitar lagunas y fomentar la armonización con el espíritu de las declaraciones.
  • El Tratado debe incluir garantías de acceso a la información para las víctimas y las personas o comunidades afectadas para evitar abusos y violaciones corporativas antes del comienzo y durante la actividad comercial, así como en el proceso de reparación.
  • El Tratado debe garantizar el derecho al "Consentimiento libre, previo e informado" de los pueblos indígenas (CLPI). El consentimiento y no la mera consulta debe mantenerse en el Borrador como principio clave, ya que ofrece una medida de protección más amplia para las comunidades marginadas más allá de la mera consulta. Avanza dentro del principio más amplio del CLPI de protección de los valores de la comunidad y construcción de consenso. El consentimiento debe ser continuo, con información proporcionada en cada etapa del proyecto para su posterior consentimiento.
  • Se deben adoptar y simplificar las lentes de género no binario, juventud y niños y niñas a lo largo del texto. Lo más significativo es que el texto debe permitir el nombramiento de expertos en género en el Comité que supervisa la implementación del tratado.
  • El Tratado debe adoptar salvaguardas más fuertes contra la captura corporativa (influencia corporativa indebida). Es fundamental proteger la integridad del espacio de formulación de políticas, sus participantes y los resultados de los intereses de estas corporaciones, incluidos los conflictos de intereses potenciales, percibidos o reales. Es imperativo desarrollar medidas de buen gobierno que protejan contra la interferencia política corporativa a nivel nacional, internacional e intergubernamental, ya sea en las discusiones actuales relacionadas con el contenido, las negociaciones, la implementación y el monitoreo del Tratado.
  • Para garantizar la prevención de abusos y violaciones de los derechos humanos por parte de actividades corporativas en áreas afectadas por conflictos, estados frágiles y posteriores al conflicto, es necesaria una debida diligencia mejorada obligatoria y debe incluir un requisito de no perseguir o iniciar operaciones en ciertas situaciones en las que no existe la debida diligencia puede garantizar que no habrá complicidad o contribución a violaciones que en algunos casos pueden constituir crímenes internacionales. También es importante introducir medidas preventivas, desinversiones y políticas de retirada más urgentes e inmediatas, para evitar la participación de las empresas y / o su contribución a las violaciones de los derechos humanos en sus actividades y relaciones.
  • El Tratado debe garantizar la responsabilidad de la empresa matriz por las acciones de las empresas en su cadena de valor y suministro con las que tiene una relación comercial, ya sea contractual o no.
  • El Tratado debe reflejar la primacía de las obligaciones de derechos humanos sobre aquellos bajo acuerdos bilaterales o multilaterales de comercio, inversión u otros acuerdos. La referencia a los acuerdos económicos y comerciales es más débil en el Borrador revisado y puede fortalecerse aún más para garantizar que las obligaciones de derechos humanos siempre tengan prioridad sobre los acuerdos comerciales.
  • Los estados deben tomar medidas adicionales y ejercer un estándar de atención más alto para prevenir y proteger contra abusos y violaciones relacionadas con empresas estatales o en áreas donde el Estado es un actor económico.
  • Las obligaciones extraterritoriales pueden beneficiarse de un lenguaje más claro que articule las responsabilidades de los Estados de origen y de acogida. Un texto revisado del Tratado debe reintroducir el lenguaje del Borrador cero que menciona explícitamente la obligación de proporcionar soluciones y cumplir con las obligaciones de debida diligencia en los estados de origen y de destino de las empresas infractoras.

    >> Más información sobre las consultas en este enlace.

Créditos y reconocimientos:

Akhona Mehlo – Centre for Applied Legal Studies (CALS), South Africa

Alejandra Scampini – Project on Organizing, Development, Education, and Research (PODER), Mexico / Uruguay

Ana Maria Suarez-Franco – FIAN International, Global

Ananya Ramani – Manushya Foundation, Thailand

Bobby Ramakant – Citizens News Service, India

Debbie Stothard – ALTSEAN-Burma, Thailand

Emilie Pradichit – Manushya Foundation, Thailand

Felogene Anumo – Association for Women’s Rights in Development (AWID), Global

Francisco Rocael – Consejo de Pueblos Wuxhtaj, Guatemala

Kwesi Arnold – Initiative for Social and Economic Rights (ISER), Uganda

Maha Abdallah – ESCR-Net Board Member, Global

Manja Bayang – Tebtebba Foundation, Philippines

Nuriya Oswald – Al Mezan Center For Human Rights, Palestine

Radiatu Sheriff – Natural Resource Women Platform, Liberia

Raphaela Lopes – Justiça Global, Brazil

Ryan Schlief – International Accountability Project, Global

Valentina Camacho – Comité Ambiental en Defensa de la Vida, Colombia

Edición: Titi Vieragallo
Interpretación: Carlota Fluxá

>> Más información: Mona Sabella (Coordinadora del Grupo de Trabajo de Responsabilidad Corporativa), msabella@escr-net.org
>> Solicitudes de prensa: Esther de la Rosa, communications@escr-net.org

>> Recursos Relacionados: Informe del CAWG en respuesta a la crisis de COVID-19: Los gobiernos deben proteger a las personas, no a la élite corporativa.