Demanda de inconstitucionalidad por omisión de la Asamblea Nacional al promulgar la Ley Orgánica de Seguridad Social

Denuncia de inconstitucionalidad por omisión y violación al derecho a la seguridad social, derechos del trabajador y principio de progresividad. Orden judicial a la Asamblea Nacional para que repare la omisión y dicte régimen de prestaciones para el desempleo.

Foro: 
Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, Venezuela
Tipo de foro: 
Doméstico
Resumen: 

Provea presentó una acción jurídica a fin de que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) se pronunciara sobre la inconstitucionalidad de la omisión en que incurrió la Asamblea Nacional (AN), al no establecer un régimen transitorio que regulara el Régimen Prestacional de Empleo cuando promulgó la Ley Orgánica de Sistema de Seguridad Social. Esta omisión implicaba negar el otorgamiento de la prestación de ayuda a los trabajadores que quedaren cesantes o en situación de desempleo. Provea alegó la violación a los derechos a la seguridad social, a la protección de los trabajadores y el principio de progresividad en materia de derechos fundamentales previstos en la Constitución y en tratados internacionales de derechos humanos. El TSJ declaró la inconstitucionalidad de la omisión de la AN y le ordenó que, en un plazo máximo de 3 meses, prepare, discuta y sancione una ley sobre la materia o en su defecto, establezca un régimen transitorio que solvente la situación lesiva al derecho constitucional a la seguridad social. El TSJ adoptó una medida cautelar que declaró la vigencia del régimen anterior hasta tanto la AN dictara la nueva ley, entendiendo que, por la mora del legislador, el derecho fundamental a la seguridad social, previsto en el artículo 86 de la Constitución, se encontraba en suspenso y sin posibilidad de ejercicio. Agregó que la omisión legislativa implicaba, además, el incumplimiento de los acuerdos internacionales -válidamente suscriptos por Venezuela- que recogen el derecho a la seguridad social y establecen sus atributos esenciales, entre ellos el Convenio Nº 102 relativo a la “Norma Mínima de la Seguridad Social” de la Organización Mundial del Trabajo.

Ejecución de la decisión y los resultados: 

Si bien con retraso, la Asamblea Nacional cumplió con promulgar la Ley Especial que regula el Régimen Prestacional de Empleo, la cual consagra nuevamente la prestación de paro forzoso en situación de desempleo. Esta nueva ley fue sancionada el 29 de agosto de 2005 y publicada en gaceta oficial número 38.281 del 27 de septiembre de 2005 (Fuente: Organización Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos Humanos, Provea)

Grupos relacionados en el caso: 

Petitioners: Organización Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos Humanos (Provea) (http://www.provea.org.ve).

Significado del caso: 

El caso da cuenta de la voluntad del Poder Judicial de afrontar las omisiones del Poder Legislativo que afectan los derechos económicos y sociales, en este caso, el derecho al trabajo. Generalmente, los tribunales son reticentes a declarar la inconstitucionalidad de omisiones del parlamento. Por ello este caso resulta particularmente valioso.