Minister of Public Works & Ors. V. Kyalami Ridge Environmental Association & Ors [2002] 1 LRC 139; (2002) 3 CHRLD 313. [ESP]

Residentes locales cuestionaron el asentamiento de un campamento habitacional de emergencia en su vecindario, argumentando que se violaban leyes de zonificación; obligación del gobierno de hacer efectivo el derecho al acceso a viviendas adecuadas; facultades del gobierno para tomar decisiones respecto de campamentos temporarios en terrenos estatales; derechos de los residentes a la justicia administrativa; la corte debe tomar en cuenta el derecho a la vivienda de las víctimas de inundaciones.

Foro: 
Corte Constitucional de Sudáfrica
Tipo de foro: 
Doméstico
Resumen: 

El gobierno sudafricano decidió establecer un campamento temporario en el terreno de la cárcel Leeuwkop (terrenos estatales) para las víctimas de inundaciones del township Alexandra. El plan era que los ocupantes se mudarían a viviendas permanentes cuando éstas estuvieran disponibles. Aparentemente, este plan fue concebido sin consultar a los residentes de la zona y una asociación de residentes, Kyalami Ridge Environmental Association (KREA), solicitó que el ministro competente suspendiera las actividades. Cuando esta solicitud fue rechazada, KREA inició una demanda, y el Tribunal Superior concluyó que las instalaciones planeadas tenían carácter permanente y que el gobierno no había cumplido con la normativa de zonificación, desarrollo de townships y protección ambiental. La Corte Constitucional no confirmó la sentencia del Tribunal Superior tras una audiencia de apelación en la que intervino un representante de las víctimas de inundaciones. Citando el caso Grootboom [cross-link], la Corte opinó que las obligaciones constitucionales del gobierno respecto del derecho a la vivienda “incluían la necesidad de facilitar el acceso a un alivio temporario para las personas que no tenían acceso a tierras ni una vivienda o que vivían en condiciones intolerables, y para las personas que se encontraban en situaciones de crisis debido a desastres naturales como inundaciones e incendios, o debido a que su vivienda podía ser demolida”. La Corte concluyó que ninguna ley impedía que el gobierno tomara la decisión de establecer el campamento temporario, pero que algunas leyes sí podían afectar la implementación del programa. Los residentes también se quejaron de la falta de consultas, la caída del valor de sus propiedades y los posibles daños ambientales, pero la Corte sostuvo que no se habían violado los derechos constitucionales a la justicia administrativa, dado que “aunque los intereses de los residentes de Kyalami pueden verse afectados, este caso concierne no solamente sus intereses, sino también los de las víctimas de inundaciones”.

Ejecución de la decisión y los resultados: 

Se espera el dictamen de terceros intervinientes en el juicio.

Grupos relacionados en el caso: 

Tercero interviniente en juicio Constitutional Litigation Unit

Legal Resources Centre

7th floor Gandhi Square 25 Rissik Street, JOHANNESBURG, 2001

PO Box 9495, Johannesburg, 2000

Tel: +27 (0)11 836-9831, 403-0902

Fax: +27 (0)11 836-8680

Docex: 278

Significado del caso: 

La sentencia facultó al gobierno para proporcionar ayuda a las víctimas de desastres y, por ello, fue una ‘victoria' para los derechos a la vivienda, dado que el gobierno pudo defender su obligación de proporcionarles un refugio adecuado a los residentes vulnerables. Sandra Liebenberg comenta, sin embargo, que el principio de la sentencia también puede tener consecuencias negativas para los derechos sociales: ‘Naturalmente, esa conducta legislativa y ejecutiva podría cuestionarse judicialmente si se violan otras cláusulas de la Carta de Derechos (por ej. el derecho a una acción administrativa justa), a pesar de sus objetivos favorables a los pobres'. Cita, también, un caso posterior en el que fue anulada la legislación destinada a reducir el precio de los medicamentos por su incompatibilidad con los principios de la justicia administrativa. (Ver referencia al artículo de Liebenberg en literatura secundaria.)