South Fork Band y otros c. Departamento del Interior de Estados Unidos, 588 F.3d 718, (2009).

Demanda de comunidades indígenas estadounidenses contra la Dirección de Administración de Tierras (Dirección de Tierras) del Departamento del Interior de Estados Unidos por violación de las leyes federales al permitir a Barrick Cortez (de la Barrick Gold Corporation) la construcción de la mina de oro Cortez Hills en una zona de gran importancia para las prácticas culturales y espirituales de la tribu Western Shoshone; Violación de los derechos de los Pueblos Indígenas a las prácticas religiosas, a la tierra, derechos ambientales y derecho al debido proceso. 

Fecha de la decisión: 
20 Jun 2012
Foro: 
US Court of Appeals - Ninth Circuit
Tipo de foro: 
Doméstico
Resumen: 

En este caso, la South Fork Band y otras comunidades de Western Shoshone habían apelado una decisión de un tribunal inferior que les negaba una medida cautelar[1] contra la construcción de la mina de oro. En su apelación a la Cámara, la South Fork Band sostenía que debía emitirse una medida cautelar contra Barrick Cortez porque la Dirección de Tierras había violado la legislación federal en virtud de la Ley Federal de Administración de la Política de la Tierra (Federal Land Policy Management Act - "FLPMA") y la Ley Nacional de Política Ambiental (National Environmental Policy Act - "NEPA") al tomar la decisión de aprobar el proyecto minero, dado que el organismo no había tenido debidamente en cuenta el acceso de la tribu a sus lugares religiosos y el impacto de la mina sobre el medio ambiente de la zona.

La Cámara emitió la medida cautelar al considerar que la Dirección de Tierras no había evaluado adecuadamente el impacto ambiental del proyecto minero, específicamente en relación con los impactos de las masivas actividades de extracción de la mina sobre la calidad del aire, el agua subterránea y las emisiones de partículas finas en la zona de la mina. Sin embargo, el tribunal también determinó que la South Fork Band no había demostrado que el accionar de la Dirección de Tierras hubiera violado su capacidad de practicar su religión. La Cámara determinó que la Dirección de Tierras había estudiado suficientemente los efectos del proyecto en relación con las prácticas religiosas de la tribu en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del organismo. La Cámara también consideró significativo el hecho de que el organismo hubiera dicho en la DIA que mantendría consultas permanentes con las comunidades durante toda la vida del proyecto respecto de los efectos sobre sus prácticas religiosas. La 9º Cámara de Apelaciones instruyó al tribunal inferior para que emitiera una medida cautelar contra la continuación de la construcción de la mina hasta que la Dirección de Tierras elabore una nueva DIA que dé adecuada cuenta del impacto ambiental del proyecto. 


[1] Orden judicial de realizar o abstenerse de realizar una determinada actividad

Ejecución de la decisión y los resultados: 

En respuesta a la decisión de la 9º Cámara de Apelaciones, Barrick Cortez, Inc. presentó recientemente (25 de enero de 2010) una moción ante el tribunal inferior solicitándole que emitiera una medida cautelar limitada, que no detuviera todo el proyecto sino ciertas actividades únicamente. El 5 de febrero de 2010, la South Fork Band le solicitó al tribunal inferior que emitiera una medida cautelar total que detuviera todas las actividades de construcción de la mina hasta que la Dirección de Administración de Tierras del Departamento del Interior de Estados Unidos elabore una Declaración de Impacto Ambiental actualizada. El día 14 de abril de 2010, la Corte rechazó el pedido de que se le requiriera a la minera detener sus operaciones y en cambio ordenó restricciones limitadas a las actividades de la compañía hasta que el juicio completo se lleve adelante.

Grupos relacionados en el caso: 

South Fork Band Council of Western Shoshone Te-Moak Tribe of Western Shoshone Indians Timbisha Shoshone Tribe

Western Shoshone Defense Project www.wsdp.org

Great Basin Resource Watch www.gbrw.org

Significado del caso: 

Este caso tiene lugar después de años de esfuerzos judiciales de los Western Shoshone por lograr la protección de sus derechos humanos a la tierra, la cultura y las prácticas religiosas.  Refuerza las conclusiones de los organismos internacionales de derechos humanos en el sentido de que las políticas y acciones federales de Estados Unidos respecto de la protección de los derechos de los pueblos indígenas a la tierra son violatorias de las leyes ambientales de Estados Unidos. En 2006, los Western Shoshone presentaron una petición contra Estados Unidos ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD) con el argumento de que las leyes y políticas federales indígenas de Estados Unidos permitían la "invasión gradual" de las tierras indígenas por parte del gobierno federal. En su decisión, el Comité CERD instó a Estados Unidos a examinar el impacto que las actividades que perjudican al ambiente tienen sobre los derechos a la salud y a la cultura de los Western Shoshone. Este proceso por parte de Estados Unidos de transferir el dominio de tierras indígenas también fue objetado por las hermanas Dann de los Western Shoshone en una acción iniciada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). En su decisión, la CIDH declaró que el proceso de transferencia de dominio de tierras indígenas en Estados Unidos no se compadecía con las normas internacionales contemporáneas de derechos humanos y violaba la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.