Glamis Gold, Ltd c. Estados Unidos de América

Demanda presentada por Glamis Gold, Ltd., una empresa canadiense, en la que se denunció que ciertas medidas regulatorias estatales y federales expropiaban sus derechos a explotar minas de oro en el sudeste de California y que se le negaba el “tratamiento justo y equitativo” en su intento de utilizar esos derechos, en violación de las obligaciones de los EEUU consagradas en el NAFTA. El proyecto de minería propuesto había generado una polémica debido a su ubicación en un área sagrada de tribus indígenas y por su impacto cultural y ambiental.

Fecha de la decisión: 
8 Jun 2009
Foro: 
Tribunal arbitral constituido bajo el capítulo 11 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (NAFTA)
Tipo de foro: 
Regional
Resumen: 

El caso fue presentado contra el gobierno de los EEUU por Glamis Gold, una minera canadiense dedicada a la minería de metales preciosos. El área del proyecto se encontraba dentro de la Reserva del Desierto de California y de áreas designadas de especial importancia cultural, y cercana (pero no dentro) de las tierras de la reserva de la tribu quechan. La legislación de California prohíbe a organismos estatales y actores del sector privado que operan en propiedades públicas usar la tierra de una manera que pueda causar daños severos o irreparables a cualquier cementerio sagrado, lugar de adoración, sitios religiosos o de culto, o santuarios sagrados de los indígenas americanos. California también decretó nuevas medidas regulatorias que incluían requerir el rellenado y nivelado a operaciones de minería cercanas a los sitios sagrados de las tribus indígenas. Glamis cuestionó dichas medidas, argumentando que eran arbitrarias y discriminatorias, y que estaban destinadas a bloquear su proyecto en lugar de abordar genuinamente las preocupaciones ambientales y culturales asociadas a la actividad minera en general. Glamis argumentó también que el costo de cumplir con las medidas reducía el proyecto a un valor negativo y, por ello, constituía una expropiación en violación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (NAFTA).

El Tribunal rechazó ambos argumentos de Glamis, favoreciendo al gobierno de los EEUU y al estado de California. Respecto del argumento de la expropiación, sostuvo que los derechos de Glamis a practicar la minería seguían teniendo un valor considerable y que las acciones del estado no llegaban a constituir una expropiación. Sobre la denuncia de Glamis de acción arbitraria y discriminatoria, el Tribunal señaló que en 2001 la Comisión de Libre Comercio había establecido, en sus Notas de Interpretación vinculantes, que el “artículo 1105(1) prescribe el estándar mínimo del derecho internacional consuetudinario del tratamiento de [extranjeros] como estándar mínimo de tratamiento a ser aplicado al tratamiento de inversores de otra Parte”. El Tribunal concluyó que el estándar del derecho internacional consuetudinario no había variado significativamente del estándar “flagrante y escandaloso” establecido en el caso Neer c. México, Fallos del 4 R Int’l Arb., 60-62 (15 de octubre de 1926). En este contexto, el Tribunal aplicó la prueba Neer a las medidas cuestionadas para evaluar si había habido negación grave de justicia, arbitrariedad manifiesta, injusticia flagrante, completa falta del proceso debido, discriminación evidente o falta manifiesta de razones. Al determinar que ello no había ocurrido, el Tribunal rechazó la demanda de que las medidas violaban el estándar de tratamiento justo y equitativo previsto en el NAFTA.

Ejecución de la decisión y los resultados: 

El Tribunal rechazó el reclamo de Glamis en su totalidad y le ordenó pagar dos tercios de los costos de arbitraje. La tribu quechan continúa oponiéndose decididamente a la minería que daña los sitios sagrados de los indígenas de América del Norte y amenaza el medio ambiente o la salud y sanidad públicas.

Grupos relacionados en el caso: 

Quechan Indian Nation, Indian Law Resource Centre, Friends of the Earth, Sierra Club, Earthworks y Earthjustice.

Significado del caso: 

El proyecto de minería de Glamis Gold en el sudeste de California debió enfrentar la oposición de los miembros de Quechan Indian Nation, quienes presentaron un amicus argumentando que el proyecto dañaría recursos históricos y que la tribu quedaría privada de practicar sus tradiciones sagradas como parte de su vida y desarrollo comunitario. El caso es particularmente importante debido a que el Tribunal, en su arbitraje de la inversión internacional, tomó la decisión sin precedentes de permitir que una comunidad indígena presente un escrito de amicus, lo cual incrementó la participación general y la transparencia del Tribunal. De esta manera se amplió el concepto de las intervenciones potenciales de terceros más allá de las organizaciones de la sociedad civil. Asimismo, la decisión de Glamis establece un precedente más elevado que el requerido por tribunales anteriores referidos al NAFTA para definir una violación del requisito de tratamiento “justo y equitativo” conforme a dicho tratado. El marco favorable a los gobiernos del NAFTA va más allá de la ley de los EEUU para maximizar la protección de los derechos de los pueblos indígenas, independientemente de los costos que surjan para el inversor.

(Actualizado en agosto de 2015)