Monitorear

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“…el primer paso esencial hacia la promoción de la efectividad de los derechos económicos, sociales y culturales es el diagnóstico y conocimiento de la situación existente.”

- Observación General del CDESC Nro. 2, párrafo 3, 24 de febrero de 1989.

 

Para cumplir con sus obligaciones relacionadas con los DESC, los estados deben monitorear en qué medida la población de su jurisdicción goza de los derechos económicos, sociales y culturales. Monitorear los DESC es necesario para evaluar el avance de su efectividad y para identificar áreas en las que es necesario trabajar más. Al publicar los resultados de las tareas de monitoreo, la opinión pública puede evaluar las acciones del gobierno y las organizaciones no gubernamentales pueden participar en el desarrollo de estrategias destinadas a eliminar los obstáculos que impiden la efectividad de los DESC. Los gobiernos pueden solicitar a las ONG que se ocupen de monitorear en qué medida se respetan los DESC en el país.

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