Venezuela

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País: 
Venezuela
Grupo(s) de Trabajo / Área(s) de Trabajo: 
Política Económica
PF-PIDESC

Varias organizaciones no gubernamentales presentaron una acción de protección por el deficiente tratamiento terapéutico y quirúrgico de los niños/as con cardiopatías congénitas, pacientes del Hospital de Niños J. M. de los Ríos de Caracas. Fundaron la acción en los derechos a la vida y a la salud previstos en la Constitución, en tratados de derechos humanos y en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Los niños eran sometidos a largas esperas para acceder al cupo quirúrgico.

Provea presentó una acción jurídica a fin de que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) se pronunciara sobre la inconstitucionalidad de la omisión en que incurrió la Asamblea Nacional (AN), al no establecer un régimen transitorio que regulara el Régimen Prestacional de Empleo cuando promulgó la Ley Orgánica de Sistema de Seguridad Social. Esta omisión implicaba negar el otorgamiento de la prestación de ayuda a los trabajadores que quedaren cesantes o en situación de desempleo.

Un grupo de personas afiliadas al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) que viven con HIV interpusieron una acción de amparo contra dicha institución para que se les garantizara tanto la entrega regular y periódica de los medicamentos de la triterapia como los medicamentos para el tratamiento de las enfermedades oportunistas y la realización y cobertura de los gastos de los exámenes médicos necesarios. Solicitaron, además, que los efectos de la sentencia se extendieran a todos las personas con HIV afiliados al IVSS.

Un grupo de ciudadanos viviendo con VIH/SIDA interpusieron una acción de amparo contra el Ministerio de Sanidad y Asistencia Social (MSAS) a causa de la negativa de aquel ente de entregarles los medicamentos necesarios para el tratamiento que les había sido prescripto (triple terapia). Los demandantes no disfrutaban de ningún servicio de seguridad social, ni poseían capacidad económica para adquirir los medicamentos prescritos.