26 de enero de 2007: Declaración de la Sociedad Civil Latinoamericana al Representante Especial para Derechos Humanos y Empresas
Declaración de las Organizaciones Sociales, Sindicales, No Gubernamentales,
Representantes de los Pueblos Indígenas y Comunidades Afectadas Convocada a
La Consulta Regional del Representante Especial del Secretario General de Naciones Unidas para Derechos Humanos, Empresas Transnacionales y Otras Empresas
Bogotá, Colombia, 18-19 de enero de 2007
El modelo económico neoliberal que surgió en las últimas décadas ha debilitado al Estado, limitando varios de sus roles como proveedor y garante del bien común. La sustitución de funciones del Estado por actores privados ha tenido como consecuencia la aparición de nuevas amenazas a la vigencia de los derechos humanos provenientes de la acción u omisión de las empresas transnacionales.
Mientras corporaciones transnacionales y otras empresas se han beneficiado en el desarrollo reciente de derecho internacional económico, incidiendo para que sus intereses y derechos sean protegidos bajo tratados de inversión, mecanismos internacionales de resolución de disputas y compensación, se ha ignorado la responsabilidad de estas empresas de respectar derechos humanos consagrados internacionalmente.
Hoy, hay empresas más poderosas que muchos Estados nacionales y actúan con total libertad frente la inexistencia de mecanismos nacionales e internacionales de protección de derechos humanos. El hecho de que estándares y mecanismos no-legales, o “voluntarios”, sean el único recurso de protección para personas y comunidades afectadas es una prueba de la fragilidad de la regulación legal y de la libertad con que actúan las empresas.
Esta situación es de extrema desigualdad, poniendo en desventaja ante las grandes corporaciones, a pueblos indígenas, a niños, a mujeres, a campesinos, a trabajadores, a
afrodescendientes, a comunidades locales, entre otros y otras. El reto para la humanidad es asegurar un desarrollo económico socialmente justo, ambientalmente sostenible, basado en los derechos humanos.
Las iniciativas voluntarias tales como el Pacto Mundial, los Principios del Ecuador, las
Salvaguardas de las Bancas Internacionales, el debate sobre “licencia social”, los códigos de conducta voluntarios y los sistemas de certificación no son suficientes para asegurar la plena protección de los derechos humanos. Tampoco, es bastante un marco normativo basado en la voluntad de las mismas partes.
Frente esta situación, el papel de las Naciones Unidas es ayudar a promover la adopción de un marco normativo vinculante que garantice la protección, el respeto y el cumplimiento de los derechos humanos de las personas y las comunidades afectadas frente los abusos por parte de las empresas incansablemente denunciados en la consulta.
Solicitamos al Secretario General y al Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas que adopten las siguientes medidas:
- Crear y adoptar un marco normativo sobre derechos humanos que sea vinculante para empresas, como la mejor forma de respetar y garantizar los derechos humanos de personas y comunidades afectadas por acciones u omisiones de empresas;
- Promover mecanismos adecuados y eficaces de acceso a la justicia y protección judicial en casos donde las empresas amenazan o afectan los derechos humanos;
- Exhortar a los Estados para que establezcan medidas de prevención, investigación, sanción y reparación de abusos cometidos por las empresas;
- Establecer mecanismos de seguimiento y vigilancia de la normativa internacional relativa;
- Medir el impacto que tiene la acción u omisión de las empresas, actores financieros, y en general el sistema internacional de financiamiento;
- Seguir impulsando la participación activa de la sociedad, priorizando a las comunidades directamente afectadas, tanto en el mandato del Representante Especial como en el seguimiento del proceso de debate y la elaboración de estándares internacionales sobre derechos humanos y empresas;
- Reconocer, respetar y hacer respetar los derechos colectivos de los pueblos indígenas, en conformidad con lo establecido por el Convenio No. 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
Bogotá – Colombia, 19 de enero de 2007
Firmadas/os,
1. Centro de Derechos Humanos y Ambiente, Argentina
2. Justiça Global, Brasil
3. Terra de Direitos, Brasil
4. Movimento dos Atingidos por Barragens, Brasil
5. FASE, Brasil
6. Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas, Chile
7. Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, Colombia
8. Escuela Nacional Sindical, Colombia
9. Observatorio Social de Empresas Transnacionales, Megaproyectos y Derechos Humanos, Colombia
10. Comisión Colombiana de Juristas, Colombia
11. Coordinación Colombia-Europa-Estados Unidos, Colombia
12. Kuskura, SC, Costa Rica
13. Ecodesarrollo Kantan, Costa Rica
14. Centro de Derechos Económicos y Sociales, Ecuador
15. Fundación Pachamama, Ecuador
16. Pueblo Kichwa de Sarayaku, Ecuador
17. Asamblea de afectados por el caso Texaco, Ecuador
18. Consejo de Comunidades de Intag, Ecuador
19. Asamblea de Unidad Cantonal de Cotacachi, Ecuador
20. Foro Permanente de Asuntos Indígenas, Guatemala
21. Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos ‘Todos los derechos
para todos y todas’, México
22. Asociación Napguana, Panamá
23. Grupo de Trabajo Racimos de Ungurahui, Perú
24. Confederación Nacional de Unidad Sindical, República Dominicana
25. Organización Regional Interamericana de Trabajadores (CIOSL-ORIT)