Compartir
Jueves, Julio 17, 2025

La Red-DESC – una coalición global de más de 300 movimientos sociales, organizaciones y personas defensoras de derechos humanos – celebra la Opinión Consultiva No. 32 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos como un momento histórico en la lucha por la justicia climática.

Compartir
French(1)
Casas casi sumergidas debido a las inundaciones en Sirajganj, Bangladesh, en 2020. Foto: Moniruzzaman Sazal / Climate Visuals Countdown, vía Wikimedia Commons.

Esta decisión afirma lo que nuestras comunidades han dicho durante años: la crisis climática es una emergencia de derechos humanos, y los Estados tienen obligaciones legales urgentes para actuar, rendir cuentas y reparar los daños causados.

Destacamos los siguientes elementos clave de esta opinión sin precedentes:

  • El deber de prevenir daños irreversibles al clima y al ambiente ha sido reconocido como jus cogens—una norma imperativa del derecho internacional que no admite excepción ni retroceso.
  • La Corte afirmó que su interpretación aplica no solo en el marco de la Convención Americana, sino también de la Declaración Americana, afectando directamente a Estados como Estados Unidos y Canadá.
  • Se adoptó un enfoque interseccional para la protección de personas defensoras de derechos humanos, reconociendo los riesgos diferenciados que enfrentan pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes, mujeres y juventudes.
  • La Corte invocó el principio de equidad intergeneracional y acogió el marco de los derechos de la naturaleza, subrayando la necesidad de una transición justa y sostenible.
  • Se reafirmó el deber de los Estados de cooperar frente a las pérdidas y daños, y de garantizar el acceso a la justicia y a la reparación.
  • La Corte también reafirmó el deber de los Estados de prevenir la influencia indebida de las empresas sobre la política climática, retomando el lenguaje propuesto por la sociedad civil.

Esta Opinión Consultiva —solicitada por Colombia y Chile— se construyó a partir de un proceso participativo sin precedentes, que incluyó a pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes, movimientos sociales, juventudes y organizaciones de la sociedad civil. Se presentaron más de 260 intervenciones, incluyendo dos de la Red-DESC con la participación de varios de nuestros miembros.

“Esta decisión establece un umbral mínimo para la acción climática. Los Estados no solo están obligados a actuar, sino a hacerlo con ambición, justicia y rendición de cuentas. Es una herramienta poderosa para que las comunidades exijan justicia, participación y reparación”, afirmó Adrián Martínez, de La Ruta del Clima, organización miembro de la Red-DESC en Costa Rica.

“La Corte ha abierto un nuevo camino y establecido un precedente contundente: la destrucción del clima constituye una violación de los derechos humanos. Las grandes contaminadoras ya no pueden esconderse tras la inacción estatal”, señaló Nikki Reisch, del Center for International Environmental Law (CIEL), también miembro de la Red-DESC.

“Defender el ambiente es un derecho en sí mismo y un pilar de la democracia. Proteger a las personas defensoras ambientales ya no es opcional: es una obligación legal vinculante”, añadió Luisa Gómez Betancur, abogada senior de CIEL.

“La Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos debe ir acompañada de una acción firme por parte de los Estados —especialmente los más poderosos y responsables históricos de la crisis climática— para abandonar sus costumbres mercantilistas sobre los bienes naturales, que ven los territorios, el agua, los minerales y los bosques como simples mercancías”, dijo Martha Grisales, del Comité Ambiental en Defensa de la Vida en Colombia. “Como organización comunitaria, reafirmamos nuestra convicción de que la transición energética y la acción climática no pueden reproducir las mismas injusticias y desigualdades del pasado, sino que deben poner en el centro la dignidad humana y la autonomía de los pueblos.”

La decisión también fue celebrada por varios Relatores Especiales de las Naciones Unidas, quienes subrayaron tanto su trascendencia jurídica como política al ubicar los derechos humanos en el centro de la acción climática. Elisa Morgera, Relatora Especial sobre la promoción y protección de los derechos humanos en el contexto del cambio climático; Astrid Puentes Riaño, Relatora Especial sobre el derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible; Marcos A. Orellana, Relator Especial sobre las implicaciones para los derechos humanos de la gestión ambientalmente racional de sustancias y desechos peligrosos; y Surya Deva, Relator Especial sobre el derecho al desarrollo, elogiaron el reconocimiento por parte de la Corte de la crisis climática como una amenaza existencial para la humanidad, con impactos directos sobre los derechos de las generaciones presentes y futuras.

Los relatores destacaron que la Opinión establece un nuevo estándar global, al afirmar que el deber de prevenir daños irreversibles y masivos al sistema climático es una norma imperativa del derecho internacional (jus cogens). El texto ofrece una visión integral y articulada de los daños a los derechos humanos provocados por la crisis climática, especialmente aquellos relacionados con la pobreza, la discriminación y la desigualdad estructural. También celebraron la reafirmación de la autonomía del derecho a un ambiente sano, incluyendo sus elementos fundamentales y el reconocimiento explícito de un clima saludable como un derecho autónomo. Finalmente, elogiaron el proceso participativo sin precedentes que dio forma a la Opinión—uno de los más inclusivos en la historia de los tribunales internacionales—como ejemplo de justicia ambiental global.

Esta decisión no solo fortalece los marcos legales internacionales, sino que legitima y amplifica las luchas de las comunidades en la primera línea. Obliga a los Estados a actuar con urgencia, coherencia y responsabilidad—y envía un mensaje claro a las corporaciones: la impunidad climática debe terminar.

Desde la Red-DESC hacemos un llamado a los Estados para que implementen de forma inmediata las obligaciones establecidas en esta Opinión Consultiva, y a los tribunales nacionales e internacionales para que la utilicen como base legal en la garantía de la justicia climática en todo el mundo.

Sin justicia climática no hay derechos humanos. Y sin defensoras del planeta, no hay futuro.