Frente a la deuda y la justicia climática: un enfoque basado en los derechos humanos y la justicia transicional

Fecha de Publicación: 
Jueves, 29 Junio 2023

Dakota Anton y Malaika Nduko

Essex Human Rights Centre Clinic preparó un informe de investigación sobre justicia de la deuda, captura corporativa y derechos humanos, en cooperación con la Red-DESC.

Especialmente en los países de ingresos bajos y medios, las crisis financiera, de salud pública y medioambiental de nuestro tiempo limitan la capacidad de los gobiernos para responder a las necesidades inmediatas y esenciales de su población. Este fenómeno ha acentuado la desigualdad, ha puesto en peligro los derechos humanos y ha profundizado el empobrecimiento.    

Ante la llamada “policrisis” de nuestro tiempo, organizaciones de la sociedad civil, académicos y activistas de todo el mundo reclaman un enfoque basado en los derechos humanos y la justicia transicional para la justicia de la deuda y la justicia climática.

La arquitectura moderna de la deuda internacional se basa en la influencia de las políticas económicas neoliberales, que dan prioridad a los actores privados y al beneficio sobre las personas y el planeta. Inicialmente, la deuda soberana fue utilizada por las naciones colonizadoras como herramienta para asegurarse capital para la construcción y el mantenimiento de sus imperios coloniales. Con el tiempo, los Estados e instituciones occidentales han desarrollado el modelo de deuda soberana hasta convertirlo en la red multimillonaria, multinacional y multidivisa de instrumentos de deuda que vemos hoy en día.

Este sistema ha sido creado por y para gobiernos poderosos, empresas de élite, bancos de inversión y personas adineradas que se han implicado cada vez más en las políticas económicas, sociales y políticas de los Estados endeudados. Estos actores siguen explotando y beneficiándose de las necesidades de desarrollo de los países de ingresos bajos y medios, mientras que cargas insostenibles de deudas limitan los recursos disponibles para que estos Estados cumplan con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.

Basado en métodos doctrinales y socio-jurídicos mixtos, nuestro análisis combinó investigación documental y entrevistas con expertos de varios países. Los temas clave que se abordaron son el marco internacional de derechos humanos, la arquitectura neoliberal de la deuda, la captura corporativa, las medidas de austeridad, los legados coloniales de la deuda, el clima y la justicia transicional. Nos centramos en tres casos de estudio para ilustrar las observaciones clave del estudio: Chad, Grecia y Zambia.

En virtud del derecho internacional sobre los derechos humanos, los Estados deben utilizar el máximo de recursos disponibles para la realización progresiva de los derechos económicos, sociales y culturales. Deben buscar y proporcionar asistencia y cooperación internacionales. Una carga excesiva de la deuda puede restringir indebidamente los recursos de los Estados y su capacidad general para proteger y cumplir sus obligaciones en materia de derechos humanos.

El informe se centra en los principales actores, estructuras e instrumentos que sustentan la arquitectura neoliberal de la deuda internacional. Es importante examinar cómo los intereses empresariales pueden influir indebidamente en las leyes y políticas sobre la deuda soberana. Actores económicos como las agencias de calificación crediticia, los tenedores de bonos, los bancos, las grandes empresas y las instituciones financieras internacionales contribuyen a la deuda soberana y se benefician de ella. Sin embargo, rara vez tienen que rendir cuentas cuando la carga de la deuda se vuelve insostenible.

En el caso de Grecia, la crisis financiera comenzó cuando el gobierno debía más de 160.000 millones de euros a prestamistas extranjeros, de los cuales los más importantes eran bancos privados franceses y alemanes que se aprovecharon de la entrada de Grecia en la eurozona. Para evitar que Grecia dejara de pagar su deuda, el Fondo Monetario Internacional, la Comisión Europea y el Banco Central Europeo prestaron 252.000 millones de euros al gobierno griego entre 2010 y 2015. Más del 90 % de esta cantidad se utilizó para pagar las deudas originales y los intereses adeudados a los bancos y prestamistas privados, lo que de hecho convirtió la deuda privada de Grecia en deuda pública. El rescate dio prioridad a la protección de los bancos privados extranjeros que concedían préstamos de forma irresponsable frente a los derechos humanos del pueblo griego. La crisis económica y la falta de gasto público disponible debido a los elevados pagos del servicio de la deuda han aumentado la pobreza y la desigualdad, el desempleo y la falta de vivienda. Esto pone de relieve las importantes consecuencias que tiene para los Estados prestatarios que los préstamos no se evalúen adecuadamente en cuanto a su impacto sobre los derechos humanos antes o durante la ayuda financiera.

Muchos acreedores imponen condiciones como medidas de austeridad y consolidación. Se presiona a los Estados muy endeudados para que den prioridad al pago de la deuda frente a la asignación de recursos para la realización de los derechos humanos. El caso de Chad ilustra el impacto negativo de la deuda soberana y las medidas de austeridad en la realización de los derechos humanos. La deuda del país se contrajo sin una evaluación adecuada de la sostenibilidad de la deuda, que incluyera las repercusiones sobre los derechos humanos. Para evitar el impago, el gobierno adoptó estrictas medidas de austeridad que han tenido efectos especialmente regresivos en los sectores de la salud y la educación. Por ejemplo, entre 2013 y 2017, el gasto en salud pública se redujo en más del 50 % y el gasto en educación primaria y secundaria, en un 22 %. Estas medidas regresivas supusieron que muchas personas esperaran a que su situación fuera desesperada antes de acudir a costosos servicios sanitarios, y aumentaron las tasas de abandono escolar, especialmente entre las jóvenes, que se enfrentan a barreras específicas de género para acceder a la educación.

Es necesario abordar la relación entre el clima y la deuda. Aunque el cambio climático es un problema global con consecuencias globales, los países en desarrollo del Sur Global sufren los impactos más severos a pesar de ser los que menos emisiones históricas de carbono tienen. Los países vulnerables al clima gastan más dinero en cumplir con sus obligaciones de pago de la deuda que en invertir en medidas de mitigación y adaptación al clima. En el caso de Zambia, el presupuesto previsto para el servicio de la deuda tanto en 2021 (1.550 millones de dólares) como en 2022 (2.270 millones de dólares) superaba los 1.450 millones de dólares asignados a la adaptación al clima. En 2021, el gobierno no asignó suficientes recursos para enfrentar la grave inseguridad alimenticia que afectó a 1,18 millones de personas, tras fenómenos climáticos como sequías prolongadas, inundaciones y nubes de langostas. Un estudio de 2018 demostró que, entre 2007 y 2016, el endeudamiento de los países vulnerables al clima costó 62.000 millones de dólares más en pagos de intereses externos, y se prevé que esta cifra aumente a entre 146.000 y 168.000 millones de dólares entre 2019 y 2028. Entre 2015 y 2022, el 55 % de la financiación para la adaptación al cambio climático de Zambia fue en forma de préstamos en lugar de subvenciones, lo que aumenta aún más la carga de la deuda del país, incluso cuando está en proceso de reestructuración de la deuda en el Marco Común.

Un enfoque basado en la justicia transicional puede contribuir a abordar las causas profundas de la elevada deuda, las desigualdades en la causalidad del calentamiento global y el vínculo entre la deuda soberana y la justicia climática. Utilizar los pilares de la verdad, la justicia, las reparaciones y las garantías de no repetición puede contribuir a la transición hacia una economía mundial justa en materia de deuda y clima.

Entre las principales recomendaciones y llamadas a la acción, tanto para los actores privados como para los Estados, figuran las siguientes:

  • Las Instituciones Financieras Internacionales y los bancos regionales de desarrollo deben garantizar que se lleven a cabo evaluaciones de impacto sobre los derechos humanos antes, durante y después de la ejecución de los programas de asistencia financiera.
  • Los prestamistas y acreedores deben incorporar las obligaciones de derechos humanos en los análisis de sostenibilidad de la deuda para garantizar que el servicio de la deuda no suponga un retroceso inadmisible en cuanto a la realización de los derechos económicos, sociales y culturales.
  • Deben hacerse públicas las evaluaciones de impacto sobre los derechos humanos y los análisis de sostenibilidad, así como las negociaciones, términos y condiciones de los prestamistas.
  • Los Estados del Norte deberían pagar la deuda climática contraída con los Estados del Sur vulnerables al cambio climático mediante subvenciones al clima y no mediante préstamos, que contribuyen a aumentar la carga de la deuda.
  • Se deben reformar los mecanismos de reestructuración de deuda, como el Marco Común, para exigir la participación de acreedores del sector privado.
  • Los países endeudados y vulnerables al cambio climático deben priorizar la asignación de recursos para hacer frente a los efectos adversos de los fenómenos climáticos sobre el servicio de la deuda, que responde a los intereses económicos de los acreedores.
  • En los casos en que el servicio de la deuda provoque efectos regresivos inadmisibles para los derechos económicos, sociales y culturales, los prestamistas y acreedores deben renegociar urgentemente las condiciones y la estructura de la deuda. Esto puede incluir pausar los pagos de la deuda, cambiar los tipos de interés o reducir/cancelar la deuda soberana para dar prioridad a las obligaciones de los Estados en materia de derechos humanos.

>> El informe completo puede descargarse aquí (solo en inglés)

La investigación fue llevada a cabo por Dakota Anton (candidata a LLM International Human Rights and Economic Law), Malaika Nduko (candidata a LLM International Human Rights Law) y Adeyinka Olaleye (candidata a LLM International Human Rights Law ), bajo la supervisión del Dr Koldo Casla (profesor de Essex Law School y director de Human Rights Centre Clinic).