Callahan v. Carey, No. 79-42582 (Sup. Ct. N.Y. County, Cot. 18, 1979) [ESP]

Demanda colectiva conforme al artículo XVII, párrafo 1, de la Constitución del Estado de Nueva York iniciada por hombres sin techo reclamando “ayuda, asistencia y apoyo a los necesitados”. Si la acción es exigible. Medida cautelar temporaria que le ordena al Estado proporcionar un refugio. Derecho a la asistencia. Estándares mínimos. Supervisión de decreto judicial emitido previo acuerdo de las partes.

Foro: 
Corte Suprema del Estado de Nueva York
Tipo de foro: 
Doméstico
Resumen: 

Este caso fue una demanda colectiva iniciada en nombre de hombres sin techo de la zona de Bowery, en Manhattan, con la que se buscaba una medida cautelar temporaria que ordenara a la Ciudad de Nueva York proveer un refugio para dichos hombres. Los demandantes se basaron en el artículo XVII, párrafo 1, de la Constitución del Estado, el cual requiere que el Estado provea “la ayuda, asistencia y apoyo de los necesitados en la manera y por el medio que la legislatura determine periódicamente”. La demanda citaba antecedentes legislativos de la convención constituyente de Nueva York de 1938 para argumentar que dicho artículo tenía por objetivo otorgar derechos a quienes deben recurrir a la sociedad para satisfacer las necesidades básicas de la vida.  

El juez de instrucción aceptó las pruebas de que durante los inviernos anteriores los hombres sin techo habían perdido extremidades por congelación, que varios habían muerto y que la situación podía agravarse el invierno siguiente debido al cierre de varios refugios. La corte ordenó una medida cautelar temporaria ordenando el suministro de un refugio.

Las partes aceptaron un decreto judicial con previo acuerdo de las partes que exigía que la Ciudad de Nueva York proporcionara suficientes camas para satisfacer las necesidades de todos los hombres sin techo que solicitaran refugio, con la condición de que cumplieran con estándares de necesidad de asistencia y necesitaran un refugio temporario “debido a disfunciones físicas, mentales o sociales”. El decreto de Callahan también estableció estándares mínimos para los refugios respecto del ancho y el diseño de las camas y el suministro de provisiones, y exigió que la ciudad proporcionara a los solicitantes de abrigo “información escrita claramente” relacionada “con otros tipos de asistencia pública a la que pudieran tener derecho”. El juez de instrucción mantuvo su jurisdicción sobre la implementación del decreto.

Ejecución de la decisión y los resultados: 

Robert Callahan murió en las calles de la ciudad antes de que se firmara el decreto judicial. El derecho a refugio fue otorgado a las mujeres sin techo en Eldredge v. Koch, 98 AD2d 675 (1 Dept. 1983) y a las familias sin techo en McCain v. Koch, 117 AD2d 198 (1 Dept. 1987), revisado parcialmente, 70 NY2d 109. Los casos de hipotermia severa y muerte entre los sin techo disminuyeron drásticamente después del decreto. La sala de apelaciones dictaminó en 2003 que negar el refugio por 30 días como medio para hacer cumplir las nuevas reglas de asistencia social no se contradecía con el decreto.

Grupos relacionados en el caso: 

Causa iniciada por Robert Hayes, abogado y fundador de la Coalition for the Homeless.

<a href="http://www.coalitionforthehomeless.org:8080/top/CFTH/spotlight/right_to_shelter.html">The Coalition for the Homeless</a>
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<a href="http://www.nationalhomeless.org/">National Coalition for the Homeless </a> fue creada 5 años después del caso Callahan para hacer campaña a nivel nacional.

Significado del caso: 

Este caso fue una victoria histórica dentro de un sistema legal que no es favorable a los derechos ESC. Ha servido como base para las campañas de defensa y para otros reclamos judiciales iniciados para hacer cumplir el decreto coordinados por la Coalition for the Homeless [Coalición para los Sin Techo]. El decreto y su cumplimiento judicial continuo constituyen un primer modelo para la exigibilidad de largo plazo de remedios complejos para las violaciones de los derechos ESC. La referencia hecha por el juez de instrucción a los sin techo como “descarte”, sin embargo, demuestra qué actitudes prevalecen hacia estas personas.