Summary
La Defensora Oficial de Menores de la Provincia de Neuquén denunció ante la CIDH la violación del derecho de todo niño a las medidas de protección que su condición de menor requiere, de los derechos a la salud, al medio ambiente sano, a la propiedad de la tierra, y a la provisión de recursos judiciales efectivos. La Defensora Oficial había interpuesto una acción de amparo a fin de garantizar la salud de los niños y jóvenes de la comunidad indígena mapuche Paynemil afectados por el consumo de agua contaminada con plomo y mercurio. El tribunal que intervino ordenó al gobierno provincial la provisión inmediata de agua de emergencia en el término de 2 días; en el de 45 días la provisión permanente de agua por cualquier medio; en el plazo de 7 días poner en marcha estudios para determinar la existencia de daños por contaminación de metales pesados en los habitantes y, en caso afirmativo, realizar los tratamientos necesarios para su curación; y tomar las previsiones necesarias para preservar el medio ambiente. Ante el cumplimiento parcial de lo ordenado, se denunció al Estado ante la CIDH. En el marco de una audiencia, se llegó a un acuerdo por el cual el Estado Argentino se comprometió a tratar a los niños afectados en el Hospital Gutiérrez de Buenos Aires. También, se acordó que la planta de tratamiento y potabilización de agua que se construía a la sazón en el lugar, sería monitoreada en su funcionamiento por ambas comunidades mapuche. Por último, el Estado se comprometió a entregar la información que posee acerca de la explotación del yacimiento de Loma de la Lata, en especial de los sitios de los pozos abandonados, piletas de oxidación y tuberías.