Summary
El Defensor del Pueblo presentó una acción de tutela contra el Ministerio de Medio Ambiente y la empresa Sociedad Occidental de Colombia Inc., en representación del Pueblo U'wa. La presentación perseguía la revocación de un permiso otorgado a la empresa demandada para la explotación de hidrocarburos en territorios tradicionales indígenas ya que no se había llevado a cabo una debida consulta a las comunidades potencialmente afectadas por tal decisión. La Corte Constitucional estimó que el procedimiento para la expedición de la licencia ambiental se había cumplido en forma irregular y con desconocimiento del derecho fundamental de la comunidad U'wa a ser consultada formal y sustancialmente. Fundó su decisión en que la participación, a través del mecanismo de la consulta, adquiere la connotación de derecho fundamental por ser un instrumento básico para preservar la integridad étnica, social, económica y cultural de las comunidades indígenas y para asegurar, por ende, su subsistencia como grupo social. Ordenó que se procediera a efectuar la consulta en el plazo de 30 días.