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Viernes, Agosto 20, 2010
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Nature of the Case

Petición presentada en nombre de agrupaciones indígenas de la región de Darfur, en Sudán, que habían sufrido violaciones masivas y sistemáticas de sus derechos humanos; si el gobierno de Sudán violó su obligación de respetar y proteger los derechos del pueblo de Darfur; si se agotaron los recursos internos para permitir el análisis por parte de la ACHPR; el derecho a la vida y a vivir libre de torturas; las violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales en el contexto del desplazamiento forzado.

Summary

Desde febrero de 2003, tras el inicio de un conflicto armado en la región de Darfur del Sudán, miembros de la milicia llamada Janjaweed se dieron a la tarea de desalojar por la fuerza, matar y violar a miles de indígenas negros de la región. Los peticionantes adujeron que tales actos constituían la omisión del gobierno de Sudán de respetar y proteger los derechos del pueblo de Darfur y, en particular, violaban los artículos 4, 5, 6, 7, 9, 12 (1), 14, 16, 18 (1) y 22 de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. Al afirmar la admisibilidad de la petición, la Comisión citó su decisión del caso  Free Legal Assistance v. Zaire, y sostuvo que los recursos nacionales se pueden considerar agotados cuando las violaciones son tan serias y generalizadas que los recursos dejan de estar efectivamente disponibles.

Respecto de los desalojos forzosos, la Comisión concluyó que el desalojo forzado en el contexto de Darfur no solamente violaba el derecho a una vivienda adecuada sino que era una violación del artículo 4 (derecho a la integridad de la persona) y del artículo 5 (prohibición del tratos o penas castigo crueles, inhumanos o degradante). La decisión incluyó la violación de la obligación de proteger por no haber protegido a los ciudadanos de las violaciones perpetradas por sus fuerzas o terceros, y no haber proporcionado protección inmediata para las víctimas. Respecto del derecho al agua, la Comisión analizó las obligaciones de respetar y proteger, y sostuvo que "la destrucción de hogares, ganado y granjas, así como el envenenamiento de las fuentes de agua, como los pozos de agua" constituía una violación del artículo 16 de la Carta Africana (derecho al mayor nivel posible de salud). Finalmente, la Comisión Africana sostuvo que se había violado el artículo 22 de la Carta Africana referido al derecho de todos los pueblos a su desarrollo económico, social y cultural. La Comisión concluyó que los ataques y los desalojos forzados les negaban la oportunidad de desarrollar actividades económicas, sociales y culturales, e interferían con el derecho a la educación.

Enforcement of the Decision and Outcomes

Aunque la Comisión carece de un mecanismo para ejecutar sus decisiones, la resolución ha sido comunicada a las ONG y organizaciones de la sociedad civil, quienes la emplearán como complemento de sus campañas contra la impunidad. También se planea presentar reportes ante la Comisión y otros órganos creados en virtud de tratados de la ONU, dando seguimiento al caso.

Significance of the Case

La importancia de esta decisión se debe a que incluye varios avances en la jurisprudencia bajo la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. En primer lugar, continúa elaborando el derecho a la vivienda adecuada, incluyendo la prohibición del desalojo forzado. En segundo lugar, reafirma y elabora el derecho al agua como un derecho implícito en la Carta Africana. Finalmente, aporta jurisprudencia seminal sobre el derecho al agua y el derecho de los pueblos a su desarrollo económico, social y cultural. La decisión también articula recursos específicos, incluyendo los Principios sobre la vivienda y la restitución de la propiedad de la ONU (Principios de Pinheiro), como marco del derecho a regresar y la creación de un mecanismo y un fondo social para la rehabilitación de Darfur. Finalmente, esta decisión es importante porque se trata de la aplicación de un tratado africano por parte de un mecanismo de cumplimiento africano a las atrocidades de Darfur.