Stanev c. Bulgaria, Sol. No. 36760/06, Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Un ciudadano búlgaro cuestionó su asignación indefinida e involuntaria bajo tutela parcial y a un instituto psiquiátrico remoto bajo condiciones degradantes.

Fecha de la decisión: 
17 Ene 2012
Foro: 
Gran Sala del Europeo de Derechos Humanos Tribunal
Tipo de foro: 
Regional
Resumen: 

A Rusi Kosev Stanev le diagnosticaron esquizofrenia en 1975 y fue declarado incapaz de trabajar en 1990. En el año 2000, tras un pedido de su madrastra y su hermanastra, un tribunal lo declaró parcialmente discapacitado legalmente sin notificarle. Dado que sus familiares no aceptaron hacerse cargo de la tutela, un funcionario municipal fue designado tutor. Sin informar a Stanev, el tutor solicitó que se lo ubique en un hogar de asistencia social para 'personas con enfermedades mentales'. En consecuencia, en 2002, Stanev fue trasladado a un hogar aislado, a unos 400 kilómetros de su ciudad de residencia, y el 80 por ciento de su pensión fue transferido en concepto de pago. Los documentos de identidad de Stanev fueron conservados por el personal y, en 2005, el director del hogar fue designado su tutor. Stanev estaba sometido a supervisión permanente y solo se le permitía abandonar el hogar con permiso explícito. Tras visitar el hogar de asistencia social en 2003, el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y el Tratamiento Inhumano o Degradante concluyó que se podía considerar que las condiciones de vida deplorables y la falta de actividades terapéuticas equivalían al tratamiento inhumano y degradante. Sin embargo, Stanev permaneció confinado en el hogar. Aunque el Estado se había comprometido a cerrar el hogar después de la visita del Comité, en 2009 se llevaron a cabo reformas en el edificio.

En 2004 y 2005, por medio de su abogado, Stanev expresó su deseo de abandonar el hogar en forma permanente y solicitó al fiscal y al intendente que tomaran medidas para restaurar su capacidad jurídica. Ambos rechazaron la solicitud sobre la base de evaluaciones médicas que indicaban que Stanev padecía esquizofrenia y que el hogar era el lugar más adecuado para él. Sus apelaciones contra estas decisiones fueron ratificadas por el fiscal de apelación y diversos tribunales. En 2006, a pedido de su abogado, Stanev fue examinado por psiquiatras y psicólogos independientes, quienes concluyeron que el diagnóstico de esquizofrenia no era correcto, su internación en el hogar estaba dañando su salud mental y debía ser reintegrado a la sociedad.

En 2012, el Tribunal sostuvo que la internación indefinida e involuntaria de Stanev por parte de las autoridades estatales en un hogar equivalía a la privación de libertad bajo el artículo 5(1) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, principalmente debido a la falta del consentimiento de Stanev exigido conforme a las leyes de tutela parcial. Asimismo, debido a la ausencia de una evaluación psiquiátrica reciente que justifique la detención, no se cumplían con los requisitos de una “detención legal… de personas con inestabilidad mental”. El Tribunal también opinó que se había violado el artículo 5(4) (revisión judicial de la privación de libertad) y el artículo 5(5) (derecho a compensación) sobre la base de la incapacidad de Stanev, conforme a las leyes de Bulgaria, para cuestionar en forma directa la legalidad de su detención y exigir compensación. Basándose solo en el artículo 3 (tratamiento degradante) y con el artículo 13 (recursos efectivos), el Tribunal también concluyó que las condiciones imperantes en el hogar equivalían a un tratamiento degradante (por lo menos hasta que se realizaron las reformas de 2009) y que, debido a que conforme al derecho nacional la internación de Stanev no se consideraba una detención, no se le había otorgado un recurso efectivo. Asimismo, el Tribunal concluyó que se había violado el artículo 6(1) (acceso a la justicia) debido a que Stanev no estaba legitimado para solicitar directamente la restauración de su capacidad legal. Señalando que en Europa y en el sistema internacional de derechos humanos se observaban desarrollos positivos, el Tribunal indicó que, aunque el derecho no es absoluto, la importancia de una declaración de incapacidad exige que las restricciones impuestas sobre el derecho de las personas afectadas a acceder a la justicia sean limitadas y proporcionales a un objetivo legítimo.

El Tribunal ordenó a Bulgaria pagarle a Stanev 15.000 euros en daños no pecuniarios y determinó que el Estado debía consultar con Stanev para establecer si deseaba permanecer en el hogar y, en caso contrario, reconsiderar su situación. El Tribunal también recomendó que, en general, el Estado debe tomar medidas para asegurar el acceso efectivo a la justicia de las personas que se encuentren bajo el régimen de tutela parcial que busquen restaurar su capacidad legal.

Ejecución de la decisión y los resultados: 

El Comité de Ministros del Consejo de Europa es responsable de supervisar la ejecución de la decisión. En 2013, autoridades búlgaras informaron que Stanev había sido trasladado a una nueva “clínica de tipo familiar” ubicada en su ciudad de residencia con su consentimiento y el de su tutor. Se informó que estaba “satisfecho”, pero que había expresado su deseo de vivir fuera de un marco institucional. Tras rever su situación, el fiscal se negó a tomar medidas para restaurar la capacidad legal de Stanev debido a la falta de pruebas de que no estuviera sufriendo una enfermedad mental y de que pudiera ocuparse de sí mismo.

El gobierno de Bulgaria ha reformado el sistema de tutela para adultos con discapacidades intelectuales. El Ministerio de Justicia ha llevado a cabo consultas públicas sobre el proyecto de ley “Personas naturales y medidas de apoyo”, cuyo objetivo es cambiar el sistema de tutela. La última versión del proyecto de ley fue publicada el 13 de abril de 2016. Mental Disability Advocacy Center (MDAC) y otros actores de la sociedad civil están trabajando activamente para informar el proceso de reforma a fin de asegurar que el proyecto de ley haga hincapié en la autonomía individual y elimine la tutela, manteniendo medidas de protección, en cumplimiento de los principios de la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidades, la cual fue ratificada por Bulgaria el 26 de enero de 2012.

Grupos relacionados en el caso: 

Mental Disability Advocacy Centre (MDAC), Bulgarian Helsinki Committee, INTERIGHTS (interviniendo como tercero)

Significado del caso: 

Se trata de un caso pionero con consecuencias muy importantes para las personas que padecen de discapacidad mental que han sido institucionalizadas dentro y fuera de Europa. El caso constituye la primera vez en que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sostuvo que la asignación de una persona con discapacidad psicosocial a una institución de asistencia social puede ser equivalente a una detención conforme al Convenio y que las malas condiciones imperantes en tales hogares pueden violar el derecho a vivir libre de tratamientos degradantes. Como consecuencia de esta decisión, Bulgaria y otros Estados no solo tendrán que mejorar las condiciones reinantes en las instituciones de asistencia social y respetar los derechos humanos de los residentes, sino, también, asegurar que las personas que sean sometidas al sistema de tutela puedan cuestionar directamente su asignación en tribunales. Vale destacar, sin embargo, que al negarse a examinar los reclamos de Stanev respecto del derecho al respeto de la vida privada y hogareña, incluyendo su derecho a vivir en el seno de la comunidad, el Tribunal no se mostró dispuesto a alinearse con las mejores prácticas referidas al derecho de las personas con discapacidades a vivir en el seno de la comunidad, lo que limitó el reconocimiento de la naturaleza sistemática de tales problemas y del daño que causa la institucionalización de largo plazo.