Compartir
Miércoles, Diciembre 1, 2021
Compartir

Naturaleza del caso

La demandante pro se Rita Marque Mbatha solicitó una indemnización por daños y perjuicios al CEO de la Confederación de Industrias de Zimbabue (CZI) y la empresa en general. La cuestión planteada ante el Tribunal era si el acoso sexual, como ilícito enjuiciable en virtud de la legislación laboral de Zimbabue, podía constituir un agravio enjuiciable por el que una víctima pudiera reclamar daños y perjuicios. Al fallar a favor de la demandante, el Tribunal Superior sostuvo que el acoso sexual no solo viola el derecho constitucional a la dignidad humana, sino que también representa una pérdida no patrimonial enjuiciable por la que se pueden reclamar daños y perjuicios.

Aplicación de la decisión y resultados

Tras la decisión, el autor recurrió el caso ante la Corte Suprema y solicitó una suspensión de la ejecución para evitar que se vendieran sus bienes por sus deudas. El 24 de enero de 2022, el recurso fue declarado no urgente y fue eliminado de la lista de la Corte. Posteriormente, el 2 de febrero de 2022, se desestimó el recurso y se mantuvo la decisión que fallaba a favor de la demandante.[1]

[1] Farai B Zizhou c. Rita M Mbatha, [2023] Apelación civil nro. SC79/22 (Zim.)

Relevancia del caso

Esta decisión histórica representa una victoria para todas las víctimas de acoso sexual en el lugar de trabajo en Zimbabue. El precedente sentado a raíz de la tenacidad de Rita Marque Mbatha en su lucha contra las barreras sistémicas permite a las víctimas de acoso reclamar daños y perjuicios contra autores de acoso sexual y las empresas que los amparan. El reconocimiento explícito de que el acoso sexual viola el derecho a la dignidad humana, el derecho a la seguridad personal, el derecho a la seguridad corporal y el derecho a no sufrir tratos inhumanos o degradantes, recogidos en la Constitución de Zimbabue, codifica la gravedad de los daños que sufren las víctimas como consecuencia del acoso sexual. El Tribunal reconoció la pérdida y la angustia mental asociadas con el acoso sexual, y además proporcionó una vía para que las víctimas recuperaran indemnizaciones por violación de sus derechos constitucionales.

Agradecemos especialmente las aportaciones del miembro de la Red-DESC: Program on Human Rights and the Global Economy (PHRGE) at Northeastern University.