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Miércoles, Septiembre 20, 2023
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Naturaleza del caso

Cuatro partidos políticos (el Partido de los Trabajadores (PT), el Partido Socialismo y Libertad (PSOL), el Partido Socialista de Brasil (PSB) y la Red de Sustentabilidad (Rede)) demandaron al gobierno de Brasil por violaciones de sus obligaciones constitucionales e internacionales referidas a la protección ambiental. Los actores denunciaron específicamente que el gobierno de Jair Bolsonaro no había asignado y desembolsado fondos del Fondo para el Clima en 2019.

Aplicación de la decisión y resultados

El tribunal ordenó a la administración federal no descuidar el Fondo para el Clima nuevamente y determinó que los recursos del Fondo para el Clima no pueden ser retenidos.

Relevancia del caso

El caso ADFP 708 fue la primera vez que el tribunal de mayor nivel de Brasil se ocupó del tema del cambio climático. Brasil estaba involucionando sus responsabilidades y obligaciones en materia de protección ambiental bajo el gobierno de Bolsonaro. Por ejemplo, en 2019 y 2020, la quema ilegal y la rápida desforestación devastaron la amazonia brasileña. Siendo que Brasil es uno de los siete mayores emisores de gas de efecto invernadero del mundo, este caso tiene una importancia monumental para el país y para la protección del medio ambiente en general.

Asimismo, el Tribunal Federal Supremo de Brasil está examinando varios casos de protección ambiental. En consecuencia, la nueva interpretación del Acuerdo de París y las protecciones constitucionales reafirmadas sobre el derecho a la protección ambiental deberían conducir a resultados más positivos de los casos relacionados con el clima, lo que establecería un precedente positivo para los esfuerzos de protección ambiental del país.

Finalmente, como sugiere Maria Antonia Tigre, el reconocimiento por parte del tribunal del Acuerdo de París como un tratado de derechos humanos no tiene precedentes y respeta los deseos de las organizaciones de la sociedad civil expresados durante las negociaciones del tratado de 2016. Como señala, “las organizaciones de derechos humanos no habían estado satisfechas con el texto final del Acuerdo de París, que relegaba la mención explícita de los derechos humanos al preámbulo… por ello, que un tribunal constitucional califique el Acuerdo de París como un tratado de derechos humanos puede generar un movimiento general para que los tribunales sigan el ejemplo de ese reconocimiento”.