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Jueves, Septiembre 19, 2013
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Nature of the Case

Denuncia colectiva según la Carta Social Europea Revisada presentada por el European Roma Rights Center (ERRC), alegando violaciones del derecho de la familia a la protección social, legal y económica (Artículo 16), el derecho a la protección contra la pobreza y la exclusión social (Artículo 30), el derecho a una vivienda adecuada (Artículo 31) y la cláusula de no discriminación (E). Carta Social Europea, PIDESC (Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales), CEDR (Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial).

Summary

El Comité analizó tres temas acerca del derecho de los romaníes a la vivienda en Portugal: “las difíciles y precarias condiciones de vivienda de una gran parte de la comunidad romaní”; “el alto número de familias romaníes que vive en asentamientos marginados”; y “la condición inadecuada de los programas de realojamiento para la comunidad romaní en términos de su composición familiar, hábitos culturales y formas de vida”. El Comité hizo referencia no solo a la Carta Social Europea, sino también al artículo 11 del PIDESC, artículo 5.e.iii del CEDR, y la Recomendación (2005) 4 del Comité de Ministros a los estados miembro respecto a las condiciones de vivienda de los romaníes en Europa.

El Comité  subrayó que el hecho de que un número desproporcionado de los romaníes viven en viviendas de condiciones precarias debería “causar una obligación positiva para que las autoridades tomen en cuenta dicha [desproporción] y respondan adecuadamente”. El Comité agregó también que el derecho a una vivienda adecuada “incluye un derecho a recursos de agua dulce” y la provisión de un “espacio adecuado”, que sea “estructuralmente seguro”, protegido de las “duras condiciones climáticas y otras amenazas para la salud”, accesible en términos de “servicios públicos, empleo, servicios de salud, escuelas y otros servicios sociales”, y “adecuado culturalmente”. En el caso de las familias romaíes, existe la necesidad de tomar en cuenta el tamaño de las familias así como su cultura de reuniones casuales, que es la base de los lazos de solidaridad dentro de la comunidad. Finalmente, el Comité subrayó que las políticas de vivienda deberían evitar la “segregación social de las minorías étnicas o inmigrantes”. De acuerdo con la Carta, la discriminación directa e indirecta (esta última consistente en “no cumplir con tomar debida y positiva cuenta de todas las diferencias relevantes o no cumplir con tomar las medidas adecuadas para asegurar los derechos”) está prohibida.

El Comité dictaminó por unanimidad que existieron violaciones de los artículos 16, 30 y 31 de la Carta Social Europea, interpretados en conjunto con el artículo E. También recomendó que una compensación de € 2,000 sea pagada a la organización denunciante.

(European Roma Rights Centre c. Portugal (Caso No. 61/2010))

Actualizado en septiembre de 2013.

Enforcement of the Decision and Outcomes

El seguimiento del caso ha estado a cargo del Comité de Ministros. En su Resolución CM/Resch (2013) de abril de 2013 (incluida aquí al final en inglés), el Comité de Ministros saluda al gobierno por su “iniciativa de establecer una estrategia nacional para la integración de la comunidad romaní” y “espera con ansias” el próximo informe de Portugal acerca de su conformidad con la Carta Social Europea revisada.

Significance of the Case

Es significativo que el Comité insista en las obligaciones positivas del Estado respecto a los derechos de vivienda, inclusive con respecto a minorías étnicas. De acuerdo con el Estudio Temático RAXEN sobre Condiciones de Vivienda de los Romaníes  y Viajeros – Portugal (2009), “un estimado del 16 al 31% de los romaníes en Portugal vive en condiciones precarias de vivienda”. Estos números son altos tanto en términos absolutos como relativos, ya que el promedio nacional de personas viviendo en condiciones precarias en Portugal es del 0.8%.

Groups Involved in the Case

European Roma Rights Centre - ERRC