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Martes, Septiembre 5, 2006
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Naturaleza del caso

Denuncia por omisión estatal en reconocer la propiedad sobre territorio ancestral a comunidades indígenas. Protección del territorio a través del derecho a la propiedad privada. Violación del derecho a la vida por privación de medios de subsistencia tradicionales. Obligación estatal de adoptar medidas positivas para satisfacer el estándar de una vida digna. Trato prioritario a grupos vulnerables.

Aplicación de la decisión y resultados

La Corte Interamericana determinó que supervisará el cumplimiento de la sentencia y ordenó al Estado rendir un informe sobre las medidas adoptadas para darle cumplimiento dentro del plazo de un año desde la notificación de la sentencia.

Relevancia del caso

La Corte Interamericana ha reafirmado su interpretación amplia del derecho a la vida tomando en consideración las normas sobre salud, educación y alimentación previstas en el Protocolo de San Salvador. En su interpretación también tomó en cuenta Observaciones Generales del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, órgano de supervisión del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Grupos involucrados en el caso

Demandantes: Tierra Viva a los Pueblos Indígenas del Chaco (http://www.tierraviva.org.py) y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) (http://www.cejil.org) en representación de la Comunidad Yakye Axa.