Summary
El caso se refirió a una resolución adoptada por el consejo municipal de Dobiná, bajo presión de grupos de derecha opuestos a los gitanos, que cancelaba una resolución previa en la que se había aprobado un plan para construir viviendas sociales de bajo costo para los residentes gitanos que vivían en muy malas condiciones. Los peticionantes argumentaron, entre otras cosas, que el gobierno no había protegido su derecho a una vivienda adecuada, lo que constituía una violación del artículo 5 (e)(iii) de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial (la Convención). El Comité determinó que, tomadas en conjunto, las resoluciones del consejo en cuestión (que constituían, por un lado, un paso importante práctico y político hacia la realización del derecho a una vivienda adecuada, seguido de su revocación y reemplazo por una medida más débil) representaban una degradación del reconocimiento, o del ejercicio en términos de igualdad, del derecho humano a la vivienda. Dicho derecho está protegido por el artículo 5 (e)(iii) de la Convención y el artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. El Comité también concluyó que el gobierno violaba sus obligaciones de garantizar el derecho de todos a la igualdad ante la ley en el ejercicio del derecho a la vivienda conforme al artículo 5 (e)(iii) de la Convención. Ordenó que Eslovaquia debía, entre otras cosas, tomar medidas para asegurar que los peticionantes volvieran a la posición que tenían en el momento de la adopción de la resolución inicial del consejo municipal [resumen tomado del informe de COHRE leading cases document'].