Caso No. 2457/64

Demanda contra el decreto 373/2009 del Ministerio de Salud, que establecía un nuevo sistema de precios que violaba el derecho de acceso a medicamentos; derecho a la salud; aplicación nacional del derecho internacional.

Foro: 
Court of Administrative Justice
Tipo de foro: 
Doméstico
Resumen: 

La demanda se presentó en nombre de tres empleados de la organización Egyptian Initiative for Personal Rights (EIPR) denunciando que el nuevo sistema amenazaba la accesibilidad y asequibilidad de los medicamentos en Egipto, especialmente el precio de los genéricos, a los que los ciudadanos egipcios recurren con frecuencia por su relativo bajo precio. Con anterioridad al decreto, el precio de los medicamentos genéricos se determinaba sobre la base del costo real de producción más los márgenes de ganancia. Bajo el sistema cuestionado, el precio de los medicamentos de marca quedaría un 10% debajo del menor precio al consumidor del medicamento en los países en los que ya estuviera disponible y el precio de los genéricos sería un porcentaje fijo del de los de marca; de esta manera, los precios quedarían vinculados a los mercados globales. Los peticionantes argumentaron que las empresas farmacéuticas podían aprovechar las lagunas jurídicas del nuevo sistema para obtener el mayor precio posible por sus productos y que esto provocaría un aumento marcado en el precio de los medicamentos genéricos. Por otro lado, el nuevo sistema había sido introducido a pesar de que un estudio del Ministerio de Salud, publicado en 2004, mostraba que los medicamentos de marca eran, en promedio, tres veces más caros que los genéricos. Algunos medicamentos genéricos llegaban a ser un 95% más baratos que sus pares de marca; la sujeción de los precios de los medicamentos genéricos a los de marca por medio de un porcentaje predeterminado haría que todos los precios alcanzaran un costo excesivo.

La Corte ordenó suspender la implementación del decreto hasta que se resolviera la petición de fondo y se pronunciara sobre el pedido de anulación. Citando el artículo 16(2) de la Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos, concluyó que el sistema nuevo tendría "repercusiones inevitables... principalmente mayores precios de los productos farmacéuticos" y que ello repercutiría en "la salud de los ciudadanos y su derecho a la atención médica asequible". La Corte también señaló que el decreto no consideraba las dimensiones sociales del sistema de precios anterior y que todos los sistemas debían buscar garantizar la "seguridad sanitaria" de todos los egipcios.

Ejecución de la decisión y los resultados: 

El Ministerio de Salud apeló la sentencia del tribunal inferior y hasta la fecha la Supreme Court of Administrative Justice aún no se expidió sobre la apelación. EIPR ha subrayado lo difícil que ha sido acceder a los funcionarios del Ministerio de Salud antes de que la Corte diera a conocer su sentencia; el Subministro de Salud para Farmacéuticos se negó una y otra vez a concederles una reunión y a proporcionar información. Tras la sentencia, el Subministro se reunió con EIPR y expresó su interés en cooperar con la sociedad civil en las futuras investigaciones sobre el tema. Los funcionarios del Ministerio de Salud también confirmaron que ya no se aplican precios a los medicamentos sobre la base del decreto suspendido.

Grupos relacionados en el caso: 

Egyptian Initiative for Personal Rights (EIPR) http://eipr.org/en/

Significado del caso: 

Este caso ha sido el primero en cuestionar el sistema nacional de precios de medicamentos y la accesibilidad y asequibilidad de los medicamentos en Egipto bajo el nuevo sistema. También ha sido el primero en argumentar en favor de la aplicación de un enfoque  de derechos en la implementación de tal política de salud. Asimismo, las ONG de derechos humanos de Egipto tradicionalmente no trabajan con temas vinculados al acceso a medicamentos, por lo que fue importante que prestaran atención sobre este tema, relegado hasta ese momento. Finalmente en su decisión, la Corte confirmó el intrincado vínculo que existe entre lo que llamó la "seguridad sanitaria" de las personas y su derecho de acceder a medicamentos, el cual debería ser un componente central para un diseño integral de los sistemas de precios para los medicamentos.