Summary
Sandra Lovelace, una mujer indígena de la tribu maliseet, vivió con sus padres en la reserva Tobique hasta que se casó con un hombre que no era indígena. El matrimonio se separó y la Sra. Lovelace volvió a la reserva para vivir con sus padres, pero no pudo comprarse una vivienda en la reserva porque el consejo daba prioridad a los miembros del grupo. La Canadian Indian Act (Ley de Indígenas Canadiense) preveía que una mujer indígena que se casa con un hombre no indígena pierde su condición de indígena, lo que también significa la pérdida de acceso a programas federales de educación, vivienda y asistencia social para indígenas, así como la pérdida del derecho a ser propietaria de una vivienda o vivir en la reserva, a obtener dinero en préstamo del Banco del Consejo para fines habitacionales, a la caza y la pesca tradicional, y a los beneficios culturales que implica vivir entre la familia y los amigos dentro de la reserva. La Sra. Lovelace presentó una petición ante el Comité de Derechos Humanos aduciendo que se trataba de violaciones de los artículos 2(1), 3, 23(1) y (4), 26 y 27 del PIDCP, dado que la Ley solamente priva de su condición de indígenas a las mujeres indígenas que se casan con hombres no indígenas.
La Sra. Lovelace perdió su condición de indígena antes de que el PIDCP entrara en vigencia para Canadá. A pesar de ello, el Comité de Derechos Humanos concluyó que los efectos de perder los beneficios culturales de vivir en la reserva continuaban después de que el pacto entrara en vigencia. El artículo 27 del PIDCP establece que los Estados no pueden denegar a los grupos minoritarios su goce de la cultura. El Comité determinó que las personas que nacen y crecen dentro de una reserva, mantienen vínculos y desean seguir manteniendo vínculos con esa comunidad indígena, se consideran parte del grupo minoritario conforme al significado del artículo 27. Por ello, bajo esa definición, la Sra. Lovelace era miembro de la tribu maliseet, dado que había crecido en la reserva y la había abandonado solamente durante los pocos años que duró su matrimonio. El Comité también resolvió que el derecho de la Sra. Lovelace a disfrutar de su cultura se veía interferido porque no existen comunidades fuera de la reserva que compartan su idioma y su cultura. Finalmente, el Comité decidió que denegarle a la Sra. Lovelace el acceso a vivir en la reserva no era ni razonable ni necesario para preservar la identidad del grupo y, por ello, privarla de su condición de indígena era equivalente a negarle los derechos del artículo 27 y una violación del PIDCP.