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Jueves, Enero 21, 2010
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Naturaleza del caso

Decisión sobre la admisibilidad de un caso iniciado contra la República de Nigeria, incluyendo la Comisión de Educación Básica Universal (la entidad legal responsable de implementar la educación en Nigeria), por su omisión de asegurar educación de calidad, por la Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP); si el derecho a la educación es justiciable por parte de la Corte de la ECOWAS; ámbito jurisdiccional de la corte de la ECOWAS; locus standi (si el peticionante tiene derecho a iniciar una demanda).

Aplicación de la decisión y resultados

La decisión sobre el fondo del asunto  se dará a conocer próximamente y, aunque la cuestión de la admisibilidad parece indicar que la Corte ve mérito en los argumentos del peticionario sobre el derecho a la educación protegido por la Carta Africana, queda por ver cómo evaluará los argumentos que destacan violaciones al derecho a la educación bajo el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y las Observaciones Generales correspondientes.

Relevancia del caso

Este caso es importante tanto por su decisión sobre la justiciabilidad del derecho a la educación protegido bajo la CADHP en la Corte de la ECOWAS, como por la posibilidad de que ONGs presenten casos de interés público en este foro. La decisión de la Corte sobre el principio de locus standi permitirá que ONGs y demás organizaciones recurran a la Corte de la ECOWAS como otro mecanismo para buscar el cumplimiento de los derechos protegidos bajo la Carta Africana.

Grupos involucrados en el caso

Socio-Economic Rights and Accountability Project (SERAP)