Naturaleza del caso
Comunicado presentado al Comité, alegando despido de una mujer debido a discriminación de género en el ámbito de trabajo; Estereotipos de género y el derecho al trabajo; acceso a la justicia.
Comunicado presentado al Comité, alegando despido de una mujer debido a discriminación de género en el ámbito de trabajo; Estereotipos de género y el derecho al trabajo; acceso a la justicia.
No hay todavía informaciones acerca del cumplimiento de las recomendaciones del CEDAW.
La decisión es de suma importancia en un país en el que casi el 80% de las mujeres están desempleadas (Richinick) y donde la participación de la mujer en el mercado laboral ha estado declinando. Desde 1955 al año 2000, la participación de la mujer se redujo del 72% al 26% (Tansel). Asimismo, la decisión destaca que el hecho de adoptar leyes no es suficiente para proteger los derechos: también es necesario que esas leyes se implementen. Por fin, la decisión determina que los tribunales (y no el Poder Ejecutivo) fueron responsables de violaciones de derechos.