Summary
Tres mujeres de ese país infectadas con el VIH demandaron al gobierno, denunciando que habían sido esterilizadas en hospitales públicos sin su consentimiento tras dar a luz por cesárea. Las mujeres argumentaron que cualquier supuesto consentimiento para los procedimientos había sido obtenido por la fuerza, dado que fueron engañadas sobre el formulario de autorización que firmaron, no entendían el idioma en el que se explicó el procedimiento y los médicos les habían dicho que solo podían acceder a la cesárea si también eran esterilizadas. Las mujeres presentaron la demanda por perjuicio negligente bajo responsabilidad extracontractual, argumentaron que habían sido discriminadas ilegalmente debido a su infección con VIH y sostuvieron que se habían violado ciertas disposiciones constitucionales, incluyendo el artículo 6 (derecho a la vida), artículo 7 (derecho a la libertad), artículo 8 (derecho a la dignidad humana) y artículo 14 (derecho a fundar una familia).
El Alto Tribunal de Namibia dictó sentencia a favor de las demandantes en julio de 2012, concluyendo que no habían dado su consentimiento informado. Sin embargo, también sostuvo que no habían probado suficientemente que las esterilizaciones hubieran sido efectuadas debido al hecho de que eran VIH positivas. El gobierno de Namibia apeló la decisión ante la Corte Suprema, la cual confirmó el fallo del Alto Tribunal.
Al principio, la Corte Suprema afirmó enfáticamente que las mujeres no habían probado que hubieran sido esterilizadas debido a ser VIH positivas. Sin embargo, tras examinar el testimonio de las tres mujeres, de un ginecólogo que prestó testimonio en su nombre y de personal médico que intervino como testigo del gobierno, la Corte determinó que las demandantes habían demostrado que no habían dado su consentimiento adecuado al procedimiento de esterilización. La Corte distinguió entre el consentimiento escrito, que las mujeres sí habían dado, y el consentimiento informado, el cual, según la Corte, debía ser otorgado libremente tras haber comprendido y sopesado las opciones disponibles. La Corte destacó que la falta de registros hospitalarios adecuados para confirmar cómo se llevaron a cabo ciertos procedimientos impedía que el gobierno demostrara su posición. Los registros disponibles no probaban que el personal hospitalario haya asegurado que las mujeres entendían sus opciones, que recibieran la información en su lengua materna y que tuvieran la oportunidad de sopesar las opciones con la tranquilidad necesaria. En cambio, la Corte concluyó que debido a la falta de intérpretes, el uso de siglas médicas y los intensos dolores del parto no era posible que las mujeres entendieran las consecuencias del procedimiento y dieran su consentimiento libremente.