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Lunes, Agosto 31, 2020
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Naturaleza del caso

En medio de la pandemia del COVID-19, las escuelas de Sudáfrica cerraron, lo que limitó la entrega del Programa Nacional de Nutrición Escolar (National School Nutrition Programme, NSNP) que provee una comida diaria a todos los alumnos de Sudáfrica que cumplen con requisitos basados en sus necesidades económicas. El Ministerio de Educación anunció que las escuelas volverían a abrir y que el NSNP volvería a funcionar el 8 de junio de 2020, pero cuando llegó el momento de reabrir las escuelas a algunos alumnos, la comida del NSNP no fue entregada como se había prometido. Los actores demandaron al Departamento de Educación Básica por violación de obligaciones constitucionales y legales, buscando una declaración judicial declaratoria con supervisión judicial para lograr la plena implementación del programa NSNP tan pronto como fuera posible.

Aplicación de la decisión y resultados

El tribunal ordenó al Ministerio y a los ocho MEC presentar un informe de progreso cada 15 días respecto de la situación de la implementación del NSNP. Sin embargo, respecto del primer período de informe, solo el Ministerio presentó un informe ante el tribunal. Ningún MEC presentó informes ante el tribunal una vez cumplido el plazo de los 15 días, aunque muchos de ellos lo hicieron con un día de retraso. Tras revisar los informes, los demandantes cuestionaron que los programas e informes eran insuficientes y notificaron a los demandados que si tales defectos no se remediaban en el siguiente período de informe solicitarían otros recursos frente a los tribunales.

Relevancia del caso

En tiempos de crisis nacional e internacional, el derecho a la alimentación y la necesidad de la nutrición siguen siendo fundamentales, incluso cuando pueda dificultarse la distribución de los alimentos. Las escuelas son un punto de contacto obvio para el acceso a la alimentación en países con educación universal. Recortar un programa de estas características en tiempos de crisis vulnera los derechos sociales y económicos a la alimentación, la nutrición y la educación. El tribunal ordenó que el programa de comida en las escuelas sea implementado plenamente sin retrasos. También ordenó detalladamente que se presentaran informes periódicos a fin de asegurar la rendición de cuentas y de asegurar que el programa realmente se implemente de acuerdo con la orden del tribunal.

Agradecemos especialmente el aporte del miembro de la Red-DESC:Program on Human Rights and the Global Economy (PHRGE) at Northeastern University.