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Miércoles, Julio 29, 2020
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Naturaleza del caso

Un grupo de organizaciones de la sociedad civil interpusieron un amparo colectivo contra el Estado Nacional (en particular contra el Ministerio de Educación) para que cesara en su omisión de producir información fundamental para conocer la situación educativa de las personas con discapacidad. El caso se centra en la obligación legal y constitucional del Estado argentino de producir información sobre el sistema educativo y su íntima vinculación con los derechos a la educación y a la igualdad y no discriminación.

Aplicación de la decisión y resultados

La sentencia de la Cámara de Apelaciones ordenó a la parte demandada que acredite en el expediente las medidas adoptadas a los fines de dar cumplimiento a la sentencia en el plazo de 90 días, el cual comenzó a contarse una vez firme la sentencia al rechazarse el recurso extraordinario. Luego de una serie de intimaciones y prórrogas para dar cumplimiento a dicha manda, el día 30 de julio de 2018, la parte demandada presentó un nota indicando las medidas adoptadas a fin de acreditar el cumplimiento parcial de lo ordenado, detallando las modificaciones realizadas en los cuadernillos de relevamiento anual del sistema educativo. Posteriormente, se llevaron a cabo una serie de reuniones y consultas extrajudiciales entre representantes de la parte actora y de la Dirección de Información y Estadística Educativa del Ministerio de Educación, con el objeto de analizar las modalidades adecuadas para implementar integralmente la sentencia judicial mediante la incorporación de las preguntas restantes en los relevamientos anuales.

Las modificaciones fueron luego sometidas por la parte demandada a consideración de la Red Federal de Información Educativa (RedIE) integrada por las 24 jurisdicciones del Estado argentino, la que aprobó su inclusión en los cuadernillos correspondientes al año 2019. En virtud de ello, se incluyeron los cuadros restantes en dichos instrumentos, dando así cumplimiento a lo dispuesto por la sentencia.

Relevancia del caso

El presente caso constituye un precedente fundamental en la determinación de la obligación de los Estados de producir, relevar y sistematizar información adecuada, suficiente y debidamente desagregada como insumo fundamental para el diseño e implementación de políticas públicas que permitan garantizar el derecho a la educación de personas con discapacidad sin discriminación.

Por sus aportes, agradecemos especialmente a los miembros de la Red-DESC: Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia.

Grupos involucrados en el caso

  • Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia

  • Asociación por los Derechos Civiles

  • Asociación Síndrome de Down de la República Argentina

  • Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad