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Jueves, Septiembre 21, 2006
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Naturaleza del caso

Petición de acceso a la información y participación ante tribunal arbitral de inversiones. Derecho a la participación en calidad de Amicus Curiae (Amigo del Tribunal) cuando el interés público y derechos humanos están involucrados en la controversia.

Aplicación de la decisión y resultados

De acuerdo a la decisión del tribunal, las organizaciones presentantes deben solicitar permiso para ser aceptados en calidad de Amicus Curiae y deben brindar información entre otros, respecto de su identidad y antecedentes, la naturaleza de su intereìs en el caso; las razones por las cuales el Tribunal deberiìa aceptar el escrito Amicus Curiae.  

Relevancia del caso

Esta decisión resulta un precedente fundamental en tanto es la primera vez que un tribunal arbitral que funciona bajo las reglas del CIADI decide aceptar la participación de organizaciones de la sociedad civil en calidad de Amicus Curiae aún cuando las partes lo hayan objetado (en este caso, las empresas). Posteriormente, el 17 de marzo de 2006, en el caso Aguas Provinciales de Santa Fe S.A. y otros c .República Argentina (Caso CIADI ARB/03/17), el mismo tribunal ratificó el criterio expuesto en el caso Aguas Argentinas y otros para aceptar presentaciones de terceras personas en calidad de Amicus Curiae (se adjunta el caso).

Grupos involucrados en el caso

Demandantes: Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) (http://www.acij.org.ar), Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) (http://www.cels.org.ar), Centro para el Derecho Internacional Ambiental (CIEL) (http://www.ciel.org), Unión de Usuarios y Consumidores (http://www.usuarios.org.ar) y Consumidores Libres Cooperativa Limitada de Provisión de Servicios de Acción Comunitaria.