Summary
Un grupo de personas afiliadas al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) que viven con HIV interpusieron una acción de amparo contra dicha institución para que se les garantizara tanto la entrega regular y periódica de los medicamentos de la triterapia como los medicamentos para el tratamiento de las enfermedades oportunistas y la realización y cobertura de los gastos de los exámenes médicos necesarios. Solicitaron, además, que los efectos de la sentencia se extendieran a todos las personas con HIV afiliados al IVSS. El Tribunal consideró que la omisión denunciada por los demandantes constituía una violación del derecho a la salud y una amenaza al derecho a la vida, así como una vulneración del derecho a los beneficios de la ciencia y la tecnología, y a la seguridad social previstos en la Constitución venezolana y en los tratados internacionales de derechos humanos. Asimismo, consideró que la extensión de los efectos de la sentencia a todas las personas que se encontraban en idéntica situación que aquéllos en cuyo favor se dictó, es parte del contenido del derecho a la tutela judicial efectiva, por lo que hizo lugar al pedido de los demandantes en este sentido. Por todo lo anterior, el Tribunal dictó sentencia haciendo lugar a lo solicitado por los demandantes y haciendo extensivos sus efectos a favor de todas las personas inscriptas en el IVSS a quienes se les hayan diagnosticado la enfermedad del VIH/SIDA, que cumplan los requisitos legales para obtener los beneficios derivados del sistema de seguridad social, y que soliciten a las autoridades del Instituto la entrega de los medicamentos y la cobertura de la realización de los exámenes médicos especializados para el tratamiento.