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Jueves, Septiembre 21, 2006
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Naturaleza del caso

Reivindicación judicial de los derechos colectivos de las organizaciones indígenas a la integridad cultural y territorial. Violación del Convenio N° 169 sobre pueblos indígenas y tribales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Derecho de consulta y participación en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas susceptibles de afectarlos directamente.

Aplicación de la decisión y resultados

En abril del 2000, los derechos que Arco mantenía sobre el territorio afectado a la explotación fueron transferidos a la empresa Burlington, una petrolera norteamericana. Ante la resistencia por parte de los indígenas a negociar y en su afán por adelantar las tareas de explotación, Burlington procuró acercamientos parciales con algunos dirigentes indígenas. A raíz de la actitud de la petrolera, las federaciones de comunidades indígenas (FIPSE, FINAE y FICSH) reactivaron el Comité Interfederacional de defensa del territorio de los pueblos Shuar y Achuar. Así, se consiguió suspender los diálogos y negociaciones que se habían iniciado parcialmente con la empresa.

Relevancia del caso

Esta sentencia es valiosa en cuanto otorga protección legal a las formas tradicionales de organización y representación política de las comunidades indígenas. Este resguardo es una herramienta indispensable para que las comunidades puedan llevar adelante una defensa efectiva de sus derechos sustantivos. Por otro lado, la sentencia tuvo un enorme peso entre los pueblos indígenas provocando que se planteen la vía judicial como una herramienta eficaz a ser utilizada.

Grupos involucrados en el caso

Demandantes: Federación Independiente del Pueblo Shuar del Ecuador (FIPSE) patrocinados por el Centro de Derechos Económicos y Sociales (http://www.cdes.org).

Demandado: Arco Oriente Inc.