Ministério Público, por seu Promotor de Justiça Curador da Infância e da Juventude contra o Estado do Rio Grande do Sul s. Ação Civil Pública.

Acción civil pública para la creación de programas de internación y semilibertad para adolescentes infractores de la ley penal. Poder Judicial como órgano competente para decidir sobre asignaciones de presupuesto. Imposibilidad para el Estado de alegar falta de recursos económicos ya que la Constitución exige prioridad absoluta en garantizar los derechos de niños y adolescentes.

Foro: 
Séptima Cámara Civil do Tribunal de Justica do Estado do Río Grande do Sul
Tipo de foro: 
Doméstico
Resumen: 

El Ministerio Público inició una acción civil pública contra el Estado de Río Grande do Sul con la finalidad de hacer efectiva la normativa del Estatuto del Niño y el Adolescente (ley interna). Solicitó, entonces, que se creasen e instalasen programas de internación y semilibertad para adolescentes infractores de la ley penal. Los Juzgados Regionales de Infancia y Juventud debían ordenar medidas socio-educativas privativas de libertad a ejecutarse en Porto Alegre ya que sólo en esa ciudad se encontraban disponibles entidades para acoger a los adolescentes. Esta circunstancia impedía a jóvenes ejercer su derecho de cumplir la medida en la misma localidad o en la más próxima a la residencia de su familia para garantizar visitas como mínimo semanales. El Estado alegó que no le correspondía al Poder Judicial entender en estos temas porque la asignación del presupuesto era una actividad discrecional del Poder Ejecutivo. Sin embargo, el juez entendió que se hallaba facultado para intervenir ya que dentro de sus funciones se encontraba la de confrontar las manifestaciones de voluntad política de los demás poderes con el sistema legal para verificar su adecuación con aquél. Concluyó que la Administración no estaba facultada para alegar falta de recursos ya que la norma fundamental exigía prioridad absoluta para hacer efectivos los derechos de niños y adolescentes.  La sentencia hizo lugar a la acción y ordenó al Estado cumplir con su obligación legal disponiendo la partida presupuestaria necesaria para llevar adelante las obras.

Ejecución de la decisión y los resultados: 

La sentencia fue apelada por el Estado de Rio Grande do Sul. El caso se encuentra pendiente de resolución ante el Superior Tribunal Federal.

Grupos relacionados en el caso: 

Demandante: Ministerio Público.

Demandado: Estado de Río Grande do Sul.

Significado del caso: 

El empleo de acciones tales como la denominada “acción civil pública” se ha generalizado en Brasil, habilitando la tutela judicial frente a tipos de ilícitos que, de otro modo, hubieran sido ejecutados impunemente. El caso da cuenta de las posibilidades del Poder Judicial de controlar el diseño de políticas públicas y hacer efectivos los derechos fundamentales de los niños cuando se encuentra en discusión la disposición de partidas presupuestarias.