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Jueves, Octubre 26, 2006
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Nature of the Case

Solicitud de revisión judicial de una sentencia que reducía la cantidad de horas de clases a domicilio por razones financieras; obligaciones de las autoridades locales conforme a la Ley de Educación de 1993; medida regresiva; las asignaciones de recursos de autoridades locales.

Summary

Conforme al artículo 298, las autoridades educativas locales (LEA) debían tomar las medidas necesarias para proporcionar una educación adecuada a los niños que estén en edad escolar y que debido a, entre otras razones, su estado de salud no puedan recibirla de otra manera. En los términos de dicho artículo, una “‘educación adecuada'” en relación con un niño o niña… significa suficiente educación adecuada para su edad, habilidad y capacidad, y cualquier necesidad educativa especial que pueda tener…” En octubre de 1996, la autoridad educativa (EA) notificó a los padres de la demandante, una niña enferma, que, por razones financieras, se reduciría la cantidad máxima de horas de clase a domicilio que la niña recibía por semana. La demandante solicitó la revisión judicial de esta decisión, aduciendo, entre otras cosas, que al tomar tal decisión la autoridad local había tomado en cuenta un aspecto irrelevante. 

La Cámara de los Lores sostuvo que, interpretando fielmente el artículo 298, la cuestión de qué era una ‘educación adecuada' debía ser determinada puramente con referencia a consideraciones educativas y que en dicho artículo nada indicaba que los recursos disponibles fueran relevantes para tal determinación. En consecuencia, no había razón para tratar los recursos de la autoridad educativa local como un factor pertinente para determinar lo que constituía una ‘educación adecuada' a los efectos del artículo 298. Sin embargo, si existía más de una manera de proporcionar la ‘educación adecuada', la autoridad educativa tenía derecho a tener en cuenta sus recursos al elegir entre diferentes maneras de concretar ese objetivo. La Corte confirmó la orden del Alto Tribunal y se revocó la decisión de la autoridad educativa de reducir la cantidad de horas de clases particulares proporcionadas.

Enforcement of the Decision and Outcomes

Tandy marcó un distanciamiento judicial del limitado enfoque del “fundamento de irrazonabilidad/irracionalidad” empleado en la evaluación de actos del gobierno que había sido dominante anteriormente en las sentencias de tribunales británicos relacionadas con la asignación de recursos. En otros casos posteriores, los tribunales mostraron un distanciamiento similar (ver  R v North & East Devon HA, ex parte Coughlan [1999] Lloyds Rep Med 306 (CA) ; R v North West Lancashire HA, ex parte A, D & G [1999] Lloyds Rep Med 399 (CA) [get links] (aunque los fundamentos de las sentencias fueron diferentes de los del caso Tandy). (Fuente: Syrett).

Significance of the Case

Este caso marcó el fin del enfoque de deferencia respecto de las decisiones relacionadas con la asignación de recursos del estado aplicado por parte de la Cámara de los Lores en casos anteriores referidos a la omisión de las autoridades de salud y locales de satisfacer las necesidades de los ciudadanos en el contexto de una asignación reducida de recursos para tales autoridades por parte del gobierno central (por ej., R v Cambridge Health Authority ex parte B 1995 1 WLR:906; R. v Gloucestershire County Council ex parte Barry [1997] 2 All ER 1) [get links]. 

Groups Involved in the Case

Michael Beloff, QC Blackstone Chambers, Blackstone House Temple, London, EC4Y 9BW

Tel: 020 7583 1770 Email: clerks@blackstonechambers.com

Tim Kerr QC, 11 King’s Bench Walk Chambers, 11 King’s Bench Walk, Temple, London, EC4Y 7EQ

Tel: 020 7632 8500

Andrew Sharland, 4-5 Gray's Inn Square, Gray's Inn, London

clerks@4-5.co.uk

For the Education authority:

Nigel Pleming QC 39 Essex Street London WC2R 3AT

Tel: 020 7832 1111

Rabinder Singh QC Matrix Chambers Griffin Building, Gray’s Inn London WC1R 5LN United Kingdom

Tel: +44 (0)20 7404 3447 Fax: +44 (0)20 7404 3448 Email: matrix@matrixlaw.co.uk.