Compartir
Viernes, Octubre 16, 2009
Compartir

Naturaleza del caso

Demanda contra la empresa estadounidense Unocal por apoyar al ejército de Myanmar en la comisión de delitos, incluyendo violaciones, torturas, asesinatos y sometimiento de los pobladores a trabajos forzosos,; aplicación de la  Alien Tort Claims Act (ACTA)[1]; si Unocal fue responsable de asistir e incitar al ejército de Myanmar a cometer tales delitos; alcance de la responsabilidad legal de las empresas estadounidenses por violaciones de los derechos humanos fuera del territorio estadounidense conforme a la ATCA.


[1] La ley Alien Tort Claims Act (ATCA) permite que ciudadanos extranjeros presenten demandas civiles ante juzgados estadounidenses por delitos que hayan violado el derecho de naciones (derecho internacional) fuera del territorio de Estados Unidos.

Aplicación de la decisión y resultados

En el año 2005, antes de que comenzara el juicio, las partes llegaron a un acuerdo y el caso fue desestimado con el requerimiento de que no se lo puede volver a presentar ante un tribunal en el futuro (Doe I c./ Unocal, 403 F.3d 708 [9 Cir. 2005]). Unocal aceptó compensar a los 14 peticionantes sobrevivientes por un monto que no fue publicado y EarthRights International, organización que participó de la causa, confirmó que la indemnización fue abonada y que se están desarrollando programas comunitarios para mejorar las condiciones de vida, los servicios de salud y la educación, y para proteger los derechos de la población de la región del oleoducto.

Relevancia del caso

El precedente legal más importante establecido por el caso de Unocal es que las empresas (al igual que las personas) estadounidenses pueden ser responsables en virtud de la ley ATCA por complicidad en violaciones flagrantes de los derechos humanos fuera del territorio de Estados Unidos. Sin embargo, debido a que las partes llegaron a un acuerdo, nunca se determinó concluyentemente el estándar apropiado para establecer la responsabilidad. Varios otros casos relacionados con la complicidad de las empresas en violaciones de derechos humanos han avanzado, como Wiwa c./ Royal Dutch Shell, 226 F.3d 88 (2000), en el que se estableció la responsabilidad empresaria conforme a la ATCA de empresas extranjeras cuando mantenían "relaciones continuas y sistemáticas con los EEUU". En el año 2009, Shell llegó a un acuerdo con los peticionantes del caso Wiwa por un monto de 15,5 millones de dólares. En el año 2004, durante la audiencia ante la Corte Suprema de Sosa c./ Alvarez-Machain 542 U.S. 692 (2004), 331 F.3d 604 [rechazado], el gobierno de George W. Bush hizo varias presentaciones amicus curiae argumentando contra la aplicación de la ATCA a empresas. Aunque la decisión de la Corte Suprema en el caso Sosa afirmó que existe responsabilidad empresaria conforme a la ATCA, limitó su aplicación a las violaciones del derecho internacional que sean "específicas, universales y obligatorias" -sin elaborar este concepto ni dar ejemplos-, omitiendo orientar suficientemente a los tribunales inferiores para que avancen en este sentido. Existe un caso importante que podría aportar más oportunidades para que se elabore la responsabilidad empresaria bajo ATCA: Khulumani c./ Barclays y otros, que todavía no tiene fecha de juicio en el Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York.

Grupos involucrados en el caso

Earthrights International

Center for Constitutional Rights