Summary
La petición en esta Demanda de Interés Público (PIL) citaba información de los estados de Uttar Pradesh, Bihar y Maharashtra acerca de prácticas gubernamentales sobre esterilización femenina que carecían de la debida consejería o consentimiento informado, y de cuidado pre y post operatorio, e incluían condiciones quirúrgicas antihigiénicas y sin uso de anestesia, esterilización de menores, coerción y crueldad. La demanda solicitó a la corte que ordenase a los gobiernos estatales que cumpliesen con los Lineamientos sobre estándares de esterilización femenina del Ministerio de Salud y Bienestar, promulgados en octubre de 1999 (“los lineamientos”). Afirmó que las condiciones actuales de esterilización violaban no solo los lineamientos, sino los derechos reproductivos, derechos de las mujeres y derechos a la salud de las pacientes tal como se definen en instrumentos internacionales ratificados por la India, incluyendo la Declaración Alma Alta, CEDAW, el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo y la Plataforma de Acción de Beijing. Además declaró que las condiciones actuales violaban el derecho constitucional a la salud de las pacientes, incluido en el derecho a la vida, consagrado en los artículos 14, 15, 21 y 47 de la Constitución india.
En marzo de 2005, la Corte emitió una orden interina hallando una falta de uniformidad de procedimiento y normas que asegurasen que los lineamientos fueran cumplidos, dejando el caso abierto. La Corte ordenó a todos los estados de la India que estableciesen “un panel aprobado de doctores… para llevar a cabo los procedimientos de esterilización,” “preparasen y circulasen una lista de control” con información sobre la paciente, “circulasen copias uniformes de la proforma de consentimiento,” “formasen un Comité de Aseguramiento de la Calidad,” “mantuviesen estadísticas generales,” “mantuviesen una investigación sobre cada caso de incumplimiento de los lineamientos de la Unión de la India… [y] tomasen acciones punitivas contra ellos,” y “hiciesen efectiva una póliza de seguros.” La Unión de la India recibió orden de, en el plazo de cuatro semanas, delinear “estándares uniformes a ser seguidos por los gobiernos estatales,” incluyendo “las normas de indemnización, el formato de las estadísticas, la lista de control y la proforma de consentimiento y el seguro.” Todos los demandados recibieron indicación de informar a la Corte en el plazo de ocho semanas.
(Ramakant Rai versus la Unión de la India, W.P (C) No 209 de 2003, Corte Suprema de India, 12/06/2007. Derechos reproductivos, derecho a la salud, derechos de las mujeres.)