Summary
Poco después de que el demandante, Jamie Sinnott, naciera en 1977, los médicos descubrieron que padecía de un autismo severo. Durante los siguientes 22 años de su vida, su madre intentó proporcionar a su hijo habilidades básicas de habla, idioma y destrezas motoras, así como uso de los inodoros. Por desgracia, descubrió que las pocas instituciones para niños con graves discapacidades físicas y mentales en Cork, Irlanda no podían atender las continuas necesidades de educación de su hijo autista. En 1997, la señora Sinnott presentó una denuncia ante la Corte Suprema de Irlanda, alegando que el Ministro de Educación violó el derecho constitucional de su hijo a una educación primaria gratuita y su derecho a educar a su hijo según el artículo 42 de la Constitución, entre otras demandas. El juez falló a favor de todas las demandas, sosteniendo que el Estado no cumplió con su obligación constitucional de proveer a Jamie una educación primaria gratuita. Citando la conclusión del caso O'Donoghue versus el Ministro de Salud y otros [1996], el juez ordenó que el Estado proporcione tal educación mientras Jamie sea capaz de beneficiarse de ella. El juez además concluyó que el Estado violó los derechos constitucionales de la señora Sinnott y otorgó compensación por daños generales por la educación pasada y futura de Jamie y por daños especiales para los gastos de la señora Sinnott en la educación de su hijo.
El estado acordó pagar la indemnización por daños y proporcionar educación a Jamie, pero apeló a la Corte Suprema sobre la cuestión de si según el artículo 42 el estado tiene la obligación constitucional de proporcionar educación a Jamie hasta la edad adulta, es decir, más allá de la edad de 18 años. (La Constitución irlandesa no proporciona una definición de ‘niño’ basada en la edad). La mayoría de la Corte Suprema encontró una violación constitucional del derecho de Jamie a la educación antes de que cumpla 18 años. Sin embargo, la Corte estimó también que sólo en los casos más extremos los tribunales harían al Estado cumplir con obligaciones explícitas a este respecto.